Sentencia de Tutela26 de septiembre de 2002
T-794 de 2002
Ponente Alfredo Beltrán Sierra
✓Demandante Elias Ramirez Giraldo Vs. Iss
✓
Tema · dato duro
Derecho A La Seguridad Social Y Peticion. Respuesta Recurso Extraordinario De Revocatoria Directa Interpuesto. Negativa Reconocimiento Pension De Vejez. Emision Remision Y Tramite Bono Pensional. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derecho De Peticion Ante El Seguro Social
- Término de quince días para responder sobre revocatoria de acto que niega reconocimiento de pensión de vejez
- Negligencia en trámite administrativo y vulneración de derechos fundamentales
Revocatoria De Acto Administrativo Que Niega Pension
- Procedencia de tutela
Juez De Tutela
- Facultad de fallar extra y ultra petita
3 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Laboral, el 28 de junio de 2002.
- Segundo. ORDENAR al Instituto de Seguros Sociales, resolver el recurso extraordinario de revocatoria directa presentado por el ciudadano Elías Ramírez Giraldo, contra la Resolución 1612 de 19 de febrero de 2001, para lo cual deberá tener en cuenta todo el tiempo de servicios laborado por el actor de conformidad con la información por él suministrada y con la que repose en los archivos de esa entidad. Para el cumplimiento de esta providencia, se dará al Instituto de Seguros Sociales, un plazo máximo de quince días contados a partir de la notificación de la presente providencia, al término del cual la entidad accionada deberá comunicar su decisión al juez constitucional de primera instancia, con el fin de que verifique la orden aquí proferida.
- Líbrense por Secretaría, las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
- Notifíquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a4
T-900/01Derechos A La Seguridad Social Vida Y Minimo Vital. Dilacion En La Emisión Del Bono Pensional Impide El Acceso A La Pension De Jubilación. Via De Hecho. Se Niega Pension A Quien Ya Tiene El Status De Jubilado Por Demora En La Emision Del Bono. Concedida.T-450/98Debido Proceso. Mora Judicial Para Notificacion De Providencia. Retencion De Taxi. Concedida.T-021/98Der. De Peticion. No Se Dio Tramite A Una Solicitud De Revocatoria Directa. Resguardo Indigena De Quizgo- Cauca. Concedida.T-304/94Der. De Peticion. Silencio Administrativo. Demora Del Inderena En Resolver Un Recurso. Concedida.
Citada por22
T-045/24Derecho A La Educación De Niños, Niñas Y Adolescentes-Obligaciones De Las Entidades Estatales Para La Prestación Del Servicio (Nombramiento De Personal Docente Y Administrativo). Reiteración De Jurisprudencia.T-007/24Derecho A Tener Una Familia Y A No Ser Separado De Ella-Vulneración Por Desconocer La Excepcionalidad De La Medida De Protección (Separación De Los Hijos A Los Padres En Procedimiento De Restablecimiento De Derecho De Niños, Niñas Y Adolescentes). Deber De Aplicar Perspectiva De Género Y El Principio Del Interés Superior Del Menor.T-421/23Incapacidad Laboral Superior A 540 Días-Marco Normativo Y Jurisprudencial.T-283/23Derecho Fundamental A Elegir Nombre, Personalidad Jurídica Y Filiación-Corrección Del Registro Civil De Nacimiento De Menores De Edad Y Actualización Del Nombre De La Progenitora.T-123/23Derecho A La Vida, Seguridad Personal Y Debido Proceso-Unidad Nacional De Protección Varió Medidas De Protección Sin Valorar Adecuadamente El Nivel De Riesgo Extraordinario Que Afronta Líder Social.SU.236/22Discriminación Como Límite A La Autonomía Universitaria En El Sector Privado-Derecho A La Educación Y Libertad De Expresión De Estudiantes.
Ver las 22 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.