Sentencia de Tutela11 de octubre de 1999
T-753 de 1999
Ponente Alejandro Martínez Caballero
✓Demandante Antonio Florez Rincon Y Otro
✓
Tema · dato duro
Derechos De Los Niños. Mora En El Pago De Subsidio Familiar A Menor. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Subsidio Familiar
- Naturaleza jurídica
- Pago a beneficiarios por caja de compensación
- Razón de ser
- Pago de aportes del empleador por conducto Caja de Compensación
- Procedencia de tutela para ordenar al empleador aportar lo debido a la Caja de Compensación
Caja De Compensacion Familiar
- Naturaleza fiscal de los recursos destinados por los empleadores
Derechos Del Niño
- Fundamentales
- Protección efectiva
Derecho A La Seguridad Social De Persona De La Tercera Edad
- Fundamental por conexidad
Derecho A La Seguridad Social Del Niño
- Fundamental
Derecho Al Subsidio Familiar De Persona De La Tercera Edad
- Fundamental por conexidad
- Protección por tutela
Derecho Al Subsidio Familiar Del Niño
- Procedencia por tutela
7 temas · 13 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- Primero. CONFIRMAR PARCIALMENTE la sentencia de 24 de mayo de 1999, proferida por el Juzgado
- Primero. Civil Municipal del Libano, en la accion instaurada por Antonio Florez Rincon, en cuanto concedio la tutela. Pero la ORDEN a dar es la siguiente: El Alcalde Municipal del Libano, en el termino de cuarenta y ocho horas a partir de la notificacion del presente fallo, si no lo ha hecho, girara los aportes correspondientes al subsidio familiar a la Caja de Compensacion Familiar del Tolima y si no existe disponibilidad presupuestal suficiente en el mismo termino iniciara los tramites necesarios para la consecucion de los recursos suficientes para cubrir los respectivos aportes. Y se le indicara a la mencionada Caja de Compensacion Familiar del Tolima que una vez cubiertos los aportes por el municipio del Libano de inmediato se le pagara el subsidio familiar al peticionario de la presente tutela.
- Segundo. CONFIRMAR PARCIALMENTE la sentencia de 25 de mayo de 1999, proferida por el Juzgado
- Primero. Civil Municipal del Libano, en la accion instaurada por Jairo Nestor Morales Marin, en cuanto concedio la tutela. Pero la ORDEN a dar es la siguiente: El Alcalde Municipal del Libano, en el termino de cuarenta y ocho horas a partir de la notificacion del presente fallo, si no lo ha hecho, girara los aportes correspondientes al subsidio familiar a la Caja de Compensacion Familiar del Tolima y si no existe disponibilidad presupuestal suficiente en el mismo termino iniciara los tramites necesarios para la consecucion de los recursos suficientes para cubrir los respectivos aportes. Y se le indicara a la mencionada Caja de Compensacion Familiar del Tolima que una vez cubiertos los aportes por el municipio del Libano de inmediato se le pagara el subsidio familiar al peticionario de la presente tutela.
- Tercero. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
- Cuarto. El Personero Municipal del Libano vigilara lo referente a la apropiacion presupuestal para pagar el subsidio familiar.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a15
T-715/99Der. De Los Niños A Tener Una Familia Y No Ser Separado De Ella. Menor Que Es Separado De Hogar Sustituto. Concedida.T-223/98Der. A La Seguridad Social De Los Niños. Der. Al Subsidio Familiar Del Nasciturus. Hija De Policia Fallecido. Concedida.T-322/97Der. A La Prestacion De Servicios Medico Asistenciales. Negacion De Atencion Quirurgica. Invias. Concedida.T-299/97Ders. De Las Personas De La Tercera Edad. Seguridad Social. Der. Al Minimo Vital. Empresa En Concordato No Paga Oportunamente Pensiones. Concedida.T-202/97Tutela Contra Particulares. Mora En Los Aportes Por Parte Del Patrono Al I.S.S. Der. A La Seguridad Social. Der. A La Vida Y Salud. Concedida.SU.111/97Der. A La Vida Y A La Salud. Nulidad De Acto Adtivo De Suspension De Servicio Medico Por Cajanal. Medio De Defensa Judicial. Negada.
Ver las 15 →Citada por47
C-271/21Subsidio Familiar En Dinero. Para Hijos Menores De 18 Años Del Afiliado A La Caja De Compensación Familiar.T-090/18Acumulacon De Tiempos Cotizados Para El Reconocimiento De Pension De Vejez, Segun Acuerdo 049/90.T-239/16Derecho A La Vivienda Digna Y A La Dignidad Humana. Vulneracion Por Negativa De Adecuacion O Reasignacion De Vivienda A Adulto Mayhor En Situacion De Discapacidad.C-177/16Peatones Especiales. Los Ancianos Deben Estar Acompañadas Por Personas Mayores De Dieciséis Años, Al Cruzar Las Vías.T-177/15Tutela de 2015T-942/14Tutela de 2014
Ver las 47 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.