Micelio
Sentencia de Constitucionalidad31 de mayo de 2001Sala Plena

C-559 de 2001

Ponente Jaime Araujo Rentería

Demandante Andres Alejandro Diaz Huertas.

Tema · dato duro
Discapacitado En Institucion Educativa. Atención Especializada
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Discapacitado En Institucion Educativa
  • Ajuste de metodología para programa especializado
  • Atención especializada
Discapacitado
  • Carácter del programa educativo
  • Concepto de normalidad
  • Programas de apoyo educativo especializado
  • Deber de trato especial
  • Protección constitucional especial e internacional
Derecho A La Igualdad En El Estado Social De Derecho
  • Diferencias que de hecho existen entre personas
Servicio Publico De Educacion
  • Programa especializado
Subsidio Familiar Del Discapacitado
  • Doble cuota por formación educativa especializada
  • Doble cuota sin importar nivel o tipo de educación
Subsidio Familiar
  • Causación sin límite temporal
  • Doble cuota
  • Naturaleza jurídica
Derecho A La Igualdad Real Y Efectiva
  • Cambios jurídicos o fácticos
Educacion Especializada
  • Personas con limitaciones
Institucion Educativa
  • Adopción de medidas para atención de personas con limitaciones
16 temas · 23 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Ley 21 de 1982.

Art 30 (p).

Injustificado condicionamiento que se le impone a las personas disminuidas fisicamente a efectos de acceder a doble cuota de subsidio.

Proteccion de los discapacitados.

Deber de trato especial.

Derecho a la igualdad.

Exequible

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 21/82. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 30Ley 21/82EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del Pueblo y por mandato de la Constitución,
  2. RESUELVE:
  3. PRIMERO. Declarar EXEQUIBLE el segmento normativo demandado, salvo la expresión "profesional especializada", que por las razones ya expuestas se declara INEXEQUIBLE.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.