Sentencia de Tutela22 de febrero de 1994
T-067 de 1994
Ponente José Gregorio Hernández Galindo
✓Demandante Rafael Lobelo Stave
✓
Tema · dato duro
Der. A La Salud. Der. A La Vida. Atencion A Los Disminuidos Fisicos. I.S.S. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Menor Enfermo
- Protección
Derecho A La Igualdad
- Discriminación positiva
Instituto De Seguros Sociales
- Asistencia médica de menor
Principio De Solidaridad
- Contenido
Juez De Tutela
- Deberes
6 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida en segunda instancia por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería, Sala de Decisión Laboral, el cinco (5) de octubre de mil novecientos noventa y tres (1993).
- Segundo. CONCEDER la tutela solicitada por RAFAEL GUILLERMO LOBELO STAVE a nombre de su hijo menor CARLOS ALBERTO LOBELO PASTRANA.
- En consecuencia, ORDENASE al Instituto de Seguros Sociales -Seccional Córdoba- que en un término no superior a las cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir del presente fallo, reanude el tratamiento, la fisioterapia, los controles periódicos y las prestaciones médicas y hospitalarias que requiera el joven CARLOS ALBERTO LOBELO PASTRANA. El Instituto le brindará protección especial y atención médica, según los mandatos de los artículos 13, inciso 3º, y 47 de la Constitución, mientras así lo requiera en razón de las limitaciones que padece.
- Tercero. LIBRESE la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por80
T-005/24Derecho A La Vida E Integridad Personal De La Población Civil-Vulneración Del Por Actividades Cívicas O Integrales De Las Fuerzas Militares (En Zonas De Conflicto Armado) Con Participación De Niños, Niñas Y Adolescentes. Sentencia Con Efecto Inter Comunis.T-340/22Acción De Tutela Para Reconocimiento De Sustitución Pensional-Procedencia Excepcional Al Negar La Prestación Por Inconsistencias En La Fecha De Estructuración De La InvalidezC-042/17Discapacidad Mental. Se Cuestiona La Constitucionalidad De Calificar Esta Situación O Condición Como Un Sufrimiento O Padecimiento.T-108A/14Tutela de 2014T-632/13Tutela de 2013T-864/12Tutela de 2012
Ver las 80 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.