Micelio
Sentencia de Tutela12 de septiembre de 2011

T-681 de 2011

Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla

Demandante Ramiro Morales Rodriguez·Demandado Ejercito Nacional De Colombia Y Otro

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Contra Actos Administrativos
  • Reiteración de jurisprudencia sobre procedencia excepcional
Accion De Tutela De Ex Soldado E Hijos Menores De Edad Contra Grupo De Prestaciones Sociales Del Ministerio De Defensa Nacional
  • Reconocimiento de la pensión de invalidez por lesiones durante enfrentamiento con la guerrilla
Derecho A La Pension
  • Imprescriptibilidad, pago oportuno y reajuste periódico
  • Carácter constitucional
Derecho A La Pensión De Invalidez
  • Régimen pensional y de asignación de retiro de miembros de la Fuerza Pública según Ley 923/04
Imprescriptibilidad De La Pension
  • Se predica del derecho en sí pero no de las prestaciones periódicas o mesadas no cobradas
Incapacidad Permanente Parcial En Combate O Actos Propios Del Servicio
  • Reconocimiento y liquidación según Decreto 4433/04
Regimen Prestacional
  • Incluye tanto prestaciones de origen laboral como las ocasionadas por pensión, auxilio y contingencias en salud
Acreencias Laborales
  • Prescripción de tres años
Derecho Al Debido Proceso
  • Exigible en las decisiones administrativas
Organismos Medico Laborales Militares Y De Policia
  • Tribunal Médico Laboral de Revisión Militar y de Policía y Junta Médico Laboral Militar o de Policía
Reconocimiento De La Pension
  • Competencia de la jurisdicción ordinaria o contenciosa según el caso
Reconocimiento De Un Derecho Prestacional
  • Controversia surgida por determinación de norma aplicable
Pension De Invalidez Para Los Miembros De La Fuerza Publica
  • Reconocimiento por disminución de la capacidad laboral mínimo del cincuenta por ciento
  • Régimen jurídico aplicable
Principio De Favorabilidad Laboral Frente Al Reconocimiento De La Pension De Invalidez
  • Aplicación de la norma más protectora al trabajador en caso de conflicto o incertidumbre
Tribunal Medico Laboral De Revision Militar Y De Policia
  • Conocimiento e irrevocabilidad de las decisiones
  • Máxima autoridad en materia de sanidad según Decreto 094/89
17 temas · 20 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Seguridad social, vida digna, mínimo vital.

El accionante se desempeñaba como soldado y en un enfrentamiento con la guerrilla resultó herido.

El Tribunal Médico Laboral de Revisión Militar y de Policía lo declaró no apto para el servicio y le determinó una disminución de su capacidad laboral en un 71.89%.

El actor elevó varias peticiones al Ejército Nacional para solicitar el reconocimiento de la pensión de invalidez, pero las respuestas fueron negativas bajo el argumento de que para otorgar dicha prestación es necesario tener una valoración del 75% o más de disminución de la aptitud laboral.

La Sala reitera jurisprudencia relacionada con la procedencia excepcional de la acción de tutela para controvertir actos administrativos que vulneren derechos fundamentales y sobre el régimen jurídico aplicable en materia de pensión de invalidez para miembros de la Fuerza Pública.

Se resuelve tutelar los derechos incoados y ordenar al Ministerio accionado reconocer la pensión de invalidez a favor del demandante.

CONCEDIDA.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. REVOCAR el fallo unico de instancia dictado en abril 1deg de 2011, por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Seccion Cuarta, Subseccion B, en la accion de tutela instaurada por el senor Ramiro Morales Rodriguez, contra el Ejercito Nacional de Colombia, el Grupo de Pensiones de la misma institucion y el Ministerio de Defensa Nacional; en su lugar, se resuelve TUTELAR los derechos fundamentales del mencionado actor y los de sus hijos Kelly Vanesa y Ruben Dario Morales Mosquera, menores de edad, a la seguridad social, a la vida digna y al minimo vital.
  2. Segundo. En consecuencia, se ordenara al grupo de prestaciones sociales del Ministerio de Defensa Nacional, que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de la presente sentencia, proceda a reconocer la pension de invalidez al actor Ramiro Morales Rodriguez, cumpliendo lo estipulado en la Ley 923 de 2004 y en el Decreto 4433 de 2004 y cubriendo en los subsiguientes diez (10) dias habiles las mesadas que ha dejado de percibir a partir de la ultima calificacion realizada por el Tribunal Medico Laboral, en lo aun no prescrito.
  3. Tercero. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion a que alude el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónHumberto Antonio Sierra Porto
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.