Sentencia de Tutela8 de julio de 2004
T-660 de 2004
Ponente Rodrigo Escobar Gil
✓Demandante Emerson Acosta Acosta Y Otros Vs. La Nación Municipio De Majagual Sucre
✓
Tema · dato duro
Derechos A La Vida Subsistencia Trabajo Salud Seguridad Social Y Minimo Vital De Empleados Administrativos De Establecimientos Educativos. Pago Acreencias Laborales. Salarios. Nombramientos En Provisionalidad. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Acción De Tutela
- Procedencia excepcional pago de acreencias laborales
- Pago de salarios adeudados a personas nombradas en provisionalidad
Derecho Al Minimo Vital Del Trabajador
- Hipótesis fácticas mínimas de vulneración por no pago de salarios
- Pago oportuno de salarios
Corte Constitucional
- No es competente para dirimir controversias sobre nombramientos en provisionalidad
Derecho Al Pago Oportuno Del Salario
- Hipótesis fácticas mínimas de vulneración
Empleador
- Situación económica o presupuestal no es óbice para desconocer obligaciones laborales
Partida Presupuestal
- Gestión y distribución para pago oportuno de salarios
6 temas · 8 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. REVOCAR la Sentencia del dos (2) de marzo de 2004, proferida por la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casacion Laboral, dentro del proceso de la accion de tutela instaurada por los senores Emerson Acosta Acosta, Marisol Acosta Tarazona, Enrique Manuel Aguas Aguas, Miguel Eugenio Aleman Correa, Miladis Isabel Alvarez Rondon, Over Santiago Arango Urieta, Willian Antonio Caceres Torres, Doralis Campos Guzman, Damarias del Socorro Cardoza Cardeno, Ever Chanir Castillejo Molina, Milagro del Carmen Castro Barrios, Miriam Centeno de Arreola, Nubia Ester Cervera Navarro, Teresa del Carmen Choperena Perez, Eduardo Alberto Diaz Duran, Andrea del Carmen Fernandez Galvis, Jorge Isaac Garcia Gomez, Jorge Luis Leguia Arenilla, Maria Noheny Martinez, Jose Adolfo Martinez Contreras, Aura del Rosario Martinez Urieta, Carmen Cecilia Martinez Yunquil, Roque de la Cruz Mercado Yepes, Maria Leticia Molina Acosta, Belqui Montalvo Hernandez, David Tadeo Montesdeoka Royero, Sulmaida del Carmen Munoz Bravo, Rocio Munoz Rodelo, Wilton jose Narvaez Martinez, Milta Elena Palomino Caceres, Noris del Carmen Pinto Rodelo, Jasenis Saudit Rodelo Cuello, David Enrique Royero Meza, Ana Delia Ruiz Ramirez, Martha Irene Salas Arroyo, Laureano Alvaro Sampayo Cuello, Daniel Enrique Suarez Paternina, Sugenis Finlandia Tarrifa Bueno y Jaime Yepes Martinez, contra la Nacion -Ministerio de Educacion Nacional-, el Municipio de Majagual (sucre) y el Departamento de Sucre, y en su lugar conceder la proteccion de los derechos fundamentales a la vida, a la subsistencia, al trabajo, a la salud, a la seguridad social y al minimo vital.
- Segundo. ORDENAR al Departamento de Sucre, que si aun no lo ha hecho, para que dentro de las cuarenta y ocho horas (48) siguientes a la notificacion de esta sentencia, adopte las medidas pertinentes para girar al Municipio de Majagual de manera inmediata los recursos necesarios para el pago de los salarios de las personas designadas en provisionalidad, como quiera que existen unas resoluciones en firme que realizaron esos nombramientos y al Municipio de Majagual para que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes de que reciba los recursos, cancele a los demandantes los salarios correspondientes a los meses de enero a noviembre de 2003.
- Tercero. LIBRENSE las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a20
T-505/04Derecho Al Minimo Vital Y Vida. Pago De Acreencias Laborales. Salarios Y Mesadas Pensionales. Pension De Sobrevivientes. Diferentes Relaciones Contractuales. Estado De Subordinacion. Disponibilidad Presupuestal. Inmediatez. Hecho Superado. Proceso De ReesT-816/03Derecho Al Minimo Vital Y Subsistencia De Auxiliar De Enfermeria Y De Familia. Pago De Acreencias Laborales. Salarios. Deficit Presupuestal. Concedida.T-148/02Derecho Al Minimo Vital De Docente. Caracter Individual. Hipotesis Facticas Minimas. Pago De Acreencias Laborales. Salarios. Deberes De La Administracion Y Autoridades Locales. Planeacion Presupuestal. Concedida.T-907/01Derecho Al Minimo Vital E Igualdad De Servidores Publicos. No Pago De Salarios. Tramite De Disponibilidad Presupuestal. Concedida.T-795/01Derechos Al Trabajo Igualdad Y Minimo Vital. Pago De Acreencias Laborales. Salarios De Servidores Publicos. Negada.T-725/01Derecho Al Minimo Vital Pago Oportuno De Salarios Salud Y Riesgos Profesionales. Hay Afectacion En Cuanto Se Prolonga En El Tiempo. Concedida.
Ver las 20 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.