T-631 de 2006
Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra
✓Demandante Amanda Bojaca Mendieta Vs. Stanton & Cia S.A.
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Improcedencia por no cumplir con requisitos exigidos por la jurisprudencia en esta materia
- Protección
- No existe prueba de la notificación del embarazo a la empresa
- Justificación por la inasistencia de ésta a su lugar de trabajo y por encontrarse en periodo de prueba
- Protección constitucional especial
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la vida en conexidad con el minimo vital y el derecho a la estabilidad laboral reforzada de mujer embarazada trabajadora con contrato a termino fijo inferior a un año a quien su empleador le dio por terminado su contrato al enterarse de se estado de embarazo aunque el empleador aduce que la trabajadora renuncio voluntariamente con aviso anterior a la terminacion del contrato y que la terminacion se dio por ausencia injustificada a su sitio de trabajo.
Solicita se ordene su reintegro.
La proteccion constitucional de la mujer trabajadora en estado de embarazo.
Despido de la mujer en estado de embarazo vinculada mediante contrato laboral a termino fijo.
Cuando se ha pactado un contrato a termino fijo y se produce el despido de una mujer en estado de embarazo el juez constitucional debera corroborar si subsisten las causas que dieron origen al contrato de trabajo pues de lo contrario no se podrá obligar al empleador a mantener a una trabajadora sin labor a realizar.
Corresponde al empleador desvirtuar la presuncion de discriminacion frente a la mujer en estado de embarazo demostrando que no subsisten las causas que dieron origen al contrato.
En el presente caso no se cumplen los requisitos trazados por la jurisprudencia de tutela en la materia.
Negada
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. CONFIRMAR, pero exclusivamente por las razones expuestas en esta providencia, la sentencia proferida por el Juzgado 31 Civil del Circuito de Bogotá el 10 de marzo de 2006, dentro de la tutela instaurada por Amanda Bojacá Mendieta contra la empresa Stanton & Cía. S.A. de Sibaté, Cundinamarca.
- Segundo. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.