T-727 de 2005
Ponente Manuel José Cepeda Espinosa
✓Demandante Luz Dary Riaño Gomez Vs. Manufactura Colombiana De Textiles Macoltex Ltda
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Elementos fácticos que deben demostrarse
- No se vulneró dado que la expiración del término de duración del contrato de trabajo es causal objetiva para dar por terminado el contrato
- Parámetros de la protección constitucional especial
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho al trabajo la estabilidad laboral reforzada la vida la dignidad la salud la seguridad social la igualdad el debido proceso la protección a la maternidad y los derechos de su hijo por nacer de promotora de ventas por la negativa de la entidad de renovarle su contrato de trabajo a termino definido y por haber omitido solicitar autorización previa al inspector de trabajo para despedirla encontrándose en estado de embarazo.
Solicita se ordene su reintegro al cargo que venia desempeñando en las mismas condiciones y continuar cumpliendo con las obligaciones frente a la seguridad social y frente a los demas derechos laborales consagrados en la ley.
Proteccion constitucional de la mujer trabajadora en estado de embarazo o de lactancia.
Parámetros de la proteccion constitucional de la trabajadora embarazada.
No se cumplio con todos los presupuestos para la procedencia de la tutela como mecanismo transitorio para la proteccion del derecho fundamental a la estabilidad laboral reforzada de la mujer embarazada o lactante.
Negada
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. CONFIRMAR la sentencia proferida el 2 de marzo de 2005 por el Juzgado Once Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Bogotá.
- Segundo. Líbrese por Secretaria General la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.