T-602 de 2008
Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra
✓Demandante Luis Felipe Cabrera Cabrera·Demandado Instituto De Seguros Sociales
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Fundamental por conexidad
- Protección frente a todos los ámbitos del sistema educativo
- Desempeño de auxiliar judicial ad honorem mientras no se haya alcanzado los 25 años de edad
- Protección
- Fundamental
- Calidad de estudiante no puede predicarse solo de estudiantes matriculados en instituciones de educación formal
- Imposibilidad del Seguro Social de suspender la prestación económica con base en una norma expedida por el Gobierno de carácter restrictivo que establece la forma de probar la condición de estudiante
- Finalidad
- Facultad asignada al gobierno es inconstitucional al ser atribución expresa del legislador
- Régimen legal de los hijos estudiantes
- Aspectos que se deben tener en cuenta para su procedencia
- Incompatibilidad con principios y derechos constitucionales
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la seguridad social en conexidad con la educacion y el libre desarrollo de la personalidad de auxiliar judicial ad-honorem a quien la entidad procedio a suspenderle el pago de la pension de sobrevivientes del cual es beneficiario, aduciendo para ello, que no cumple con la condicion de estudiante exigida por el articulo 15 de la ley 100 de 1993.<br>solicita se ordene su reintegro a la nomina de pensionados y le sean canceladas las mesadas pensionales suspendidas.<br>presupuestos procesales de la accion de tutela.
La pension de sobrevivientes de los hijos estudiantes.
Objetivos constitucionales que pretende satisfacer.
El regimen legal de la pension de sobrevivientes de los hijos estudiantes.<br>esta corte tiene en cuenta que la judicatura ad honorem, como requisito opcional legalmente previsto, entre otros, para acceder al titulo de abogado, tiene un caracter formativo de tipo practico, orientado a completar las competencias del estudiante de derecho, antes del grado.
En esa medida, puede considerarse dicha practica como parte del proceso educativo del alumno, por lo que no podria considerarse, de manera absoluta, como lo hace la entidad demandada, que por haber culminado los diez semestres que conforman el pensum de la carrera de derecho, el actor haya perdido la calidad de "estudiante".<br>concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR la Sentencia proferida el veintiuno (21) de septiembre de dos mil siete (2007) por el Juzgado Doce Administrativo del Circuito de Cali, Valle del Cauca.
- SEGUNDO. CONCEDER la tutela para la proteccion del derecho fundamental a la seguridad en conexion con la educacion y el libre desarrollo de la personalidad del joven Luis Felipe Cabrera Cabrera. Para esos efectos, ORDENAR al Instituto de Seguros Sociales que en el termino de las cuarenta y ocho horas siguientes a la notificacion de esta Sentencia, le reconozca el pago de las mesadas pensionales suspendidas, correspondientes a los meses en durante los cuales se ha desempenado como auxiliar judicial ad honorem, mientras no haya alcanzado los 25 anos de edad.
- TERCERO. Por Secretaria General librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.