T-968 de 2010
Ponente Juan Carlos Henao Pérez
✓Demandante Lucelly Garcia Cubillos·Demandado Afp Bbva Horizonte
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Caso en que se completaron después de la calificación de la enfermedad que además, es progresiva
- Procedencia excepcional
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Seguridad social, vida digna.
La demandante es madre cabeza de familia y fue diagnosticada con una insuficiencia renal fase cinco en estado pre transplante, enfermedad que es catalogada como crónica y terminal.
Luego de ser calificada con una pérdida de la capacidad laboral del 68.55% solicitó a la AFP HORIZONTE el reconocimiento y pago de la pensión de invalidez, petición que fue negada con el argumento de que la afiliada sólo acreditó 46 semanas de cotización en los tres años anteriores a la estructuración de la enfermedad y que tampoco superó el 205 de fidelidad al sistema.
Luego de verificar la procedencia excepcional de la acción de tutela para el reconocimiento y pago de la pensión de invalidez y de inferir que en el caso concreto se está frente a un perjuicio grave, dado el carácter progresivo y terminal de la enfermedad, el porcentaje de la pérdida de la capacidad laboral de la demandante, la condición de madre cabeza de familia y el hecho de que la manutención depende de la prestación reclamada, la Sala CONCEDE la protección solicitada y ordena a la accionada reconocer y pagar la pensión demandada.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. REVOCAR el fallo proferido por la Sala Civil y de Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pereira fechado el 14 de julio de 2010, que nego la accion de tutela interpuesta por la senora Lucelly Garcia Cubillos, y en su lugar, CONCEDER la proteccion de los derechos fundamentales a la seguridad social y a la vida digna de la solicitante.
- Segundo. ORDENAR al Fondo de Pensiones y Cesantias del BVVA que, en las cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificacion de esta providencia, se reconozca la pension de invalidez a la senora Lucelly Garcia Cubillos, que se incluya en la nomina de pensionados y que se le paguen las mesadas adeudadas mientras subsista su condicion de discapacidad.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.