C-080 de 1999
Ponente Alejandro Martínez Caballero
✓Demandante Glodver Diaz Lancheros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Condiciones para concluir que hay discriminación
- Objetivo
- Edad de hijo de Agente de Policía
- Extinción
- Edad de hijo de oficial o suboficial de la Policía
- Naturaleza, finalidad y requisitos para su reconocimiento
- Régimen especial de la Policía es más favorable para los hijos
- Efectos retroactivos
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 1214/90. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. Declarar EXEQUIBLES la expresión "y los estudiantes hasta la edad de veinticuatro (24) años" del inciso
- primero. del artículo 174 del decreto 1212 de 1990 y del inciso
- primero. del artículo 125 del decreto 1214 de 1990.
- Segundo. Declarar EXEQUIBLE el artículo 131 del decreto 1213 de 1990, en el entendido de que, en virtud del principio de igualdad (CP art. 13), y conforme a lo señalado en el Fundamento Jurídico No 15 de esta sentencia, el derecho a la pensión de sobreviviente para los hijos de los Agentes que estudien y dependan económicamente de la persona fallecida se extinguirá a la edad de los 24 años.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.