Micelio
Sentencia de Tutela29 de julio de 2014

T-567 de 2014

Ponente Jorge Iván Palacio Palacio

Demandante Pastora Ospina De Galvis·Demandado Colpensiones

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Carencia Actual De Objeto Por Hecho Superado
  • Caso en que se reconoció pensión de sobrevivientes de hijo fallecido
Adulto Mayor
  • Sujeto de especial protección constitucional
Carencia Actual De Objeto
  • Fenómeno que puede presentarse a partir de dos eventos que a su vez sugieren consecuencias distintas: hecho superado y daño consumado
Pension De Sobrevivientes Del Hijo Afiliado
  • Requisitos que deben acreditar los padres del causante
7 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

COLPENSIONES negó a la actora el reconocimiento y pago de la pensión de vejez reclamada en virtud del fallecimiento de su hijo, el cual acaeció en el año 2007, bajo el argumento de haber prescrito el derecho.

La accionante tiene cerca de 90 años de edad, padece fuertes afecciones de salud y afronta una difícil situación económica.

Se abordan los siguientes ejes temáticos: 1º.

La procedencia excepcional de la acción de tutela para el reconocimiento de la pensión de sobrevivientes. 2º.

El adulto mayor como sujeto de especial protección constitucional y, 3º.

La naturaleza de la pensión de sobrevivientes y la imprescriptibilidad del derecho pensional.

En sede de revisión la Sala conoció que a la actora se le reconoció la prestación reclamada y que fue ingresada en nómina de pensionados.

Se declara la carencia actual de objeto por configurarse un HECHO SUPERADO.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. REVOCAR la Sentencia proferida el 25 de noviembre de 2013 por el Juzgado
  2. Primero. de Ejecucion de Penas y Medidas de Seguridad de Pereira mediante el cual se nego el amparo solicitado por la senora Pastora Ospina de Galvis y en su lugar, DECLARAR la carencia actual del objeto por hecho superado.
  3. Segundo. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.