Micelio
Sentencia de Tutela19 de agosto de 2014

T-589 de 2014

Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez

Demandante Martha Isabel Campo Higuita·Demandado Presidencia De La Republica Y Otros

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Carencia Actual De Objeto Por Hecho Superado
  • Juez debe verificar que efectivamente cesó la vulneración o amenaza de derechos fundamentales
  • Se reconoció pensión de vejez
Pension De Vejez
  • Caso en que notaria es desvinculada del cargo por haber cumplido la edad de retiro forzoso sin el respectivo reconocimiento de la pensión de vejez
2 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

La vulneración de derechos fundamentales se predica del hecho de que la actora fue desvinculada del cargo de notaria que desempeñaba por haber cumplido la edad de retiro forzoso, sin que para ese momento se hubiera efectuado el reconocimiento de su pensión de vejez y, por consiguiente, que no estuviera incluida efectivamente en la respectiva nómina de pensionados.

La Sala se pronuncia sobre aspectos relacionados con la garantía mínima vital frente a la decisión de reemplazo de la actora en su cargo de notaria; la dinámica de desvinculación de funcionarios que superan la edad de retiro forzoso en la carrera notarial y, el contenido esencial del derecho de petición.

En sede de revisión se comprobó que a la accionante se le reconoció la prestación económica solicitada y, con base en ello, se decidió declarar la carencia actual de objeto por existir un hecho superado.

Se concede la protección constitucional del derecho fundamental de petición.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. LEVANTAR la suspensión de términos para fallar el presente asunto, decretada por la Sala de Revisión en auto del 26 de mayo de 2014.
  2. SEGUNDO. REVOCAR, por las razones expuestas en esta providencia, el fallo proferido el 6 de agosto de 2013 por la Corte Suprema de Justicia -Sala de Casación Laboral- y, en su lugar, CONFIRMAR PARCIALMENTE el dictado el 27 de junio de 2013 por el Tribunal Superior de Medellín -Sala Tercera de Decisión Laboral-, en cuanto concedió la protección constitucional del derecho fundamental de petición de Martha Isabel Campo Higuita.
  3. TERCERO. DECLARAR la carencia actual de objeto, por existir un hecho superado, en la acción de tutela promovida por la señora Martha Isabel Campo Higuita contra la Presidencia de la República, la Superintendencia de Notariado y Registro, el Ministerio de Justicia, la Gobernación de Antioquia y la Administradora Colombiana de Pensiones -Colpensiones-.
  4. CUARTO. Líbrese la comunicación de que trata el artículo 36 del decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.