Micelio
Sentencia de Tutela3 de julio de 2003

T-533 de 2003

Ponente Alfredo Beltrán Sierra

Demandante Sandra Patricia Carmona Urueña Vs. Juzgado Primero Promiscuo Municipal De Cunday Y Otros

Tema · dato duro
Derechos A La Igualdad Debido Proceso Y Defensa. Via De Hecho. Falta De Notificacion. Improcedencia Recurso De Apelacion En Incidente De Desacato. Imposicion De Sanciones. Ratio Decidendi. Tutela Contra Decision Que Resuelve Tramite Incidental. Cosa Juzga
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Incidente De Desacato
  • Inaplicación del recurso de apelación
  • Naturaleza jurídica
  • Objeto jurídico
  • Improcedencia de tutela para atacar la decisión judicial que lo resuelve
  • Improcedencia de tutela salvo que se presenten vías de hecho
Accion De Tutela Contra Incidente De Desacato
  • Improcedencia para el caso por no existir vía de hecho
Estado Social De Derecho
  • Cumplimiento de fallos judiciales
3 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. Confirmar la sentencia proferida por la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, de fecha diez y seis (16) de diciembre de dos mil dos (2002), en la acción de tutela presentada por Sandra Patricia Carmona Urueña contra los Juzgados
  2. Primero. Promiscuo Municipal de Cunday y Penal del Circuito de Melgar, Tolima.
  3. Segundo. Al Tribunal Superior de Ibagué, Sala de decisión penal, infórmesele del contenido de esta sentencia, para los efectos del numeral 3.6 de esta providencia.
  4. Líbrense por Secretaría, las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
  5. Notifíquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.