Micelio
Sentencia de Tutela11 de julio de 2002

T-526 de 2002

Ponente Alvaro Tafur Galvis

Demandante Yy Vs. Autoridad De Salud

Tema · dato duro
Derecho A La Igualdad E Intimidad. Realizacion Practicas De Contagio De Personas Con Vih. Rectificacion De Informacion. Campaña Educativa. Legitimacion Para Actuar Madre De Hijo Fallecido. Preservacion Del Secreto Profesional. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Intimidad
  • Comportamiento sexual del individuo toca con su vida privada
  • Restablecimiento por tutela cuando ha sido quebrantado por persona jurídica que no ha enmendado su conducta
  • Vulneración al difundir por medios masivos
Dignidad Humana E Intimidad Del Paciente
  • No pueden ser desconocidos por campañas masivas de educación sexual
  • Límites impuestos a las autoridades de salud y a los médicos en información masiva sobre enfermedades de transmisión sexual
Secreto Medico
  • Casos en que puede ser revelado
Derecho A La Intimidad Personal Y Familiar
  • Divulgación sobre aspectos íntimos del fallecido
Legitimacion Por Activa En Tutela
  • Madre afectada en su intimidad con la de su hijo fallecido
7 temas · 10 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. R E S U E L V E:
  3. Primero. REVOCAR el fallo proferido por el Juzgado MM el 23 de marzo de 2001, dentro de la accion de tutela de la referencia, para, en su lugar, CONCEDER a la accionante la proteccion a los derechos fundamentales a la igualdad e intimidad.
  4. Segundo. ORDENAR a la Autoridad de Salud que en las cuarenta y ocho horas siguientes a la notificacion de esta providencia, se disculpe con la actora, por haberse inmiscuido en su intimidad familiar. Utilizando para el efecto una misiva escrita, con miras a salvaguardar la intimidad de la tutelante, y de su grupo familiar.
  5. Asi mismo prevenir a la accionada para que en lo sucesivo mantenga en absoluta reserva los aspectos relativos a la situacion individual de las personas que acuden a la entidad en demanda de informacion y atencion en salud, y exija del personal vinculado a la misma el cumplimiento de las disposiciones constitucionales relativas al respeto de los derechos fundamentales de los asociados. Y, para que denuncie, oportunamente, ante la Fiscalia General de la Nacion, a quienes despues de haber sido informados de estar infectados con el VIH o la hepatitis B, realicen practicas de contagio masivo.
  6. Tercero. Negar la solicitud de indemnizacion impetrada por la actora, como quiera que el ordenamiento tiene previsto un procedimiento eficaz para el efecto.
  7. Cuarto. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, con sujecion estricta a la reserva dispuesta en la parte motiva de esta providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.