Micelio
Sentencia de Tutela10 de mayo de 2002

T-365 de 2002

Ponente Jaime Córdoba Triviño

Demandante Lina Harker De Morales Vs. Salud Colmena

Tema · dato duro
Derechos A La Integridad Personal Salud Y Vida. Solicitud Practica Laparoscopia No Incluida En El Pos. Buena Fe En Ejecucion De Contratos De Medicina Prepagada. Preexistencias Y Exclusiones. Llamado A Prevencion. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Salud
  • Realización de cirugía
Contrato De Medicina Prepagada
  • Preexistencias no excluidas al momento del contrato
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. REVOCAR las sentencias proferidas por el Juzgado
  2. Septimo. Civil del Circuito de Bogota D.C., del 20 de noviembre de 2001 y por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota D.C. Sala Civil, del 21 de enero de 2002, dentro de la accion de tutela instaurada por Lina Harker de Morales contra Salud Colmena E.P.S. En su lugar TUTELAR los derechos fundamentales a la integridad personal de la accionante y a la salud en conexidad con la vida.
  3. Segundo. ORDENAR al representante legal de Salud Colmena Entidad Promotora de Salud realizar a la senora Lina Harker de Morales la cirugia bariatrica por Laparoscopia, dentro de los diez (10) dias siguientes a la notificacion de la presente sentencia, con cargo al contrato de medicina prepagada y conforme a las prescripciones del medico tratante.
  4. Tercero. PREVENIR en los terminos del articulo 24 del Decreto 2591 de 1991 a Salud Colmena Entidad Promotora de Salud a traves de su representante legal para que en lo sucesivo se abstenga de incurrir en las conductas que dieron origen a esta accion de tutela.
  5. Cuarto. Dar cumplimiento a lo previsto en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.