Micelio
Sentencia de Tutela9 de octubre de 2019

T-469 de 2019

Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo

Demandante Leonela Berrio Castillo·Demandado Icetex

Tema · dato duro
Derecho A La Educacion, Minimo Vital Y Al Debido Proceso No Fueron Vulnerados Por El Icetex, Al Negar Subsidio Educativo Con Efectos Retroactivos.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Educacion, Debido Proceso Y Minimo Vital
  • No vulneración por el Icetex, al negar subsidio de sostenimiento con efectos retroactivos
Principio De Confianza Legitima En Materia De Creditos Educativos Y Subsidios Otorgados Por El Icetex
  • Línea jurisprudencial
  • Se debió dejar en claro que no hubo un cambio intempestivo en las condiciones de acceso al beneficio económico
Subsidio De Sostenimiento
  • Ayuda económica que el Gobierno Nacional aprobó con el fin de solventar los gastos personales que le genera a un estudiante la asistencia a clases
4 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

La actora alega que el Icetex vulneró sus derechos fundamentales al negarle el reconocimiento del subsidio de sostenimiento, desde el momento en que le fue otorgado un crédito de financiamiento de pregrado.

La entidad argumentó que, por restricciones presupuestales y por la necesidad de focalizar los recursos en las poblaciones más vulnerables, dicho auxilio se otorgaría sólo a quienes tuvieran un puntaje del Sisbén inferior a 8,8, calificación que superaba la estudiante.

La peticionaria adujo que la norma que regula la adjudicación de su crédito y del subsidio establece un puntaje mayor.

Luego de reiterar jurisprudencia relacionada con la procedencia de la acción de tutela para reclamar el reconocimiento del subsidio de sostenimiento, la Corte determinó que el Icetex no desconoce el principio de confianza legítima cuando varía el puntaje del Sisben para acceder a dicha subvención, por cuanto el Acuerdo que la reglamenta establece las condiciones para ser potencial beneficiario.

Se confirma la decisión de instancia que NEGÓ el amparo invocado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. CONFIRMAR la sentencia de 26 de julio de 2018 proferida por la Sala Primera de Decision Laboral del Tribunal Superior de Barranquilla que, a su vez, confirmo la sentencia de 7 de junio de 2018 emitida por el Juzgado 5 Laboral del Circuito de Barranquilla, en el sentido de NEGAR la proteccion de los derechos fundamentales invocados.
  2. Segundo. DESVINCULAR del presente tramite al Departamento Nacional de Planeacion (DNP) y al Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónGloria Stella Ortiz Delgado
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.