T-433 de 2006
Ponente Humberto Antonio Sierra Porto
✓Demandante Roberto Jaramillo Cuartas Vs. Presidencia De La Republica Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Cambio o reestructuración de los argumentos que sustentan una tutela la hacen improcedente
- Juez debe establecer identidad de procesos
- Casos en que pese a la identidad de procesos no se configura temeridad
- Inclusión de nuevos demandados
- Línea jurisprudencial
- Requisitos para que se configure
- Condena al pago de las costas del proceso
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho al debido proceso la defensa la vida la igualdad al libre desarrollo de la personalidad al buen nombre y la honra de abogado que resulto condenado en procesos penales y disciplinarios habiendo sido sancionado con la exclusion de la profesion de abogado aduciendo que en los procesos no se practicaron las pruebas solicitadas y no se valoraron otras tantas habiendo instaurado varias acciones de tuitela con identidad de procesos.
Improcedencia de la accion de tutela cuando se configura actuacion temeraria del demandante.
Identidad de los procesos caracteristicas comunes.
Casos en que pese a la identidad de procesos no se configura temeridad.
Configuracion del uso temerario de la accion de tutela.
Sancion en caso de uso temerario de la accion de tutela.
Pago de costas.
Negada
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. LEVANTAR la suspension del termino decretada para decidir el presente asunto.
- SEGUNDO. CONFIRMAR el fallo dictado por Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura del 27 de enero de 2005, relativo a la tutela instaurada por el senor ROBERTO JARAMILLO CUARTAS contra la Presidencia de la Republica, el Ministerio del Interior y de Justicia, el Consejo Superior de la Judicatura y la Fiscalia General de la Nacion.
- LIBRENSE por Secretaria las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.