Micelio
Sentencia de Tutela16 de julio de 2018

T-275 de 2018

Ponente Cristina Pardo Schlesinger

Demandante Francelina Ardila Gonzalez·Demandado Juzgado Noveno Laboral Del Circuito De Bogota Y Otro

Tema · dato duro
Accion De Tutela Contra Providencias Judiciales. Improcedencia Por Cuanto No Se Configuró El Defecto Factico En Proceso Laboral Que Buscaba Reconocimiento De Pension De Sobrevivientes.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Evolución jurisprudencial respecto al reemplazo de la expresión "vía de hecho" por la de "causales genéricas de procedibilidad"
  • Reiteración de jurisprudencia sobre procedencia excepcional
  • Requisitos generales y especiales de procedibilidad
  • Improcedencia por cuanto no se configuró defecto fáctico en proceso laboral que buscaba reconocimiento de pensión de sobrevivientes
Accion De Tutela Temeraria
  • Casos en que pese a la identidad de procesos no se configura temeridad
  • Concepto
  • Inexistencia para el caso
  • Elementos para su configuración
Defecto Factico
  • Dimensión negativa y positiva
5 temas · 10 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se atribuye la vulneración de derechos fundamentales a las decisiones judiciales que dentro de un proceso ordinario laboral interpuesto por la actora contra Ecopetrol, negaron el reconocimiento de la pensión de sobrevivientes que reclamó, bajo el argumento de no encontrar probado que su compañero permanente hubiera cumplido los requisitos para acceder a la pensión de jubilación establecidos en la Convención Colectiva de Trabajo del año 1977, celebrada entre la entidad y su sindicato de base (Unión Sindical Obrera).

Según la peticionaria, las autoridades judiciales restaron valor a una prueba aportada que era “copia de copias” y no valoraron los documentos que demostraban el cumplimiento del tiempo de trabajo requerido para el reconocimiento pensional, además de la sustitución de empleadores entre Tropical Oil Company y Ecopetrol.

Se verifica el cumplimiento de los requisitos generales y específicos de procedencia de la acción de tutela contra providencias judiciales.

La Corte considera que los fallos cuestionados ni incurrieron en el defecto fáctico alegado, en tanto no se demostró la configuración de una sustitución patronal o de empleadores y, en consecuencia, no se probó el cumplimiento de los requisitos para acceder a la prestación.

Se NIEGA.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia del 21 de noviembre de 2017, proferida por la Sala de Casacion Laboral de la Corte Suprema de Justicia mediante la cual se declaro la improcedencia de la accion de tutela interpuesta por Francelina Ardila Gonzalez contra el Juzgado
  2. Noveno. Laboral del Circuito de Bogota y la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota ante el incumplimiento del requisito de subsidiariedad. En su lugar, NEGAR el amparo del derecho al debido proceso de la accionante.
  3. SEGUNDO. LIBRAR las comunicaciones -por la Secretaria General de la Corte Constitucional-, asi como DISPONER las notificaciones a las partes -a traves del juez de tutela de instancia-, previstas en el articulo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.