Sentencia de Tutela22 de mayo de 2003
T-422 de 2003
Ponente Rodrigo Escobar Gil
✓Demandante Absalon Palomino Arteaga Vs. Cajanal
✓
Tema · dato duro
Derecho De Peticion. Nucleo Esencial. Solicitud Reliquidacion Pension De Jubilacion. Respuesta De Fondo. Termino De Quince Dias Para Resolver. Ley 700 De 2001. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derecho De Peticion
- Solicitud reliquidación pensión de jubilación
- Alcance
- Término de seis meses para trámite y pago
- Término para resolver
Derecho De Peticion En Materia Pensional
- Términos para resolver
Derecho De Peticion Ante Particulares
- Situaciones que se presentan
Derecho De Petición
- Núcleo esencial
4 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. REVOCAR, por las razones expuestas en la presente sentencia, el fallo dictado por Tribunal Superior de Bogotá. En su lugar, CONCEDER la protección al derecho fundamental de petición del señor ABSALÓN PALOMINO ARTEAGA para lo cual ORDENA a la Caja Nacional de Previsión Social CAJANAL que si no lo ha hecho aún, proceda dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la notificación de esta sentencia, a proferir un acto administrativo que resuelva de fondo la petición elevada por el tutelante.
- Segundo. Por Secretaría, LÍBRESE la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a6
T-326/03Derecho De Peticion. Solicitud Reconocimiento Y Pago Pension De Jubilacion Gracia Y Sustitucion. Respuesta Clara Y De Fondo. Termino De Quince Dias Cuatro Y Seis Meses Para Resolver. Ley 700 De 2001. Concedida.T-325/03Derecho De Peticion. Solicitud Reconocimiento Y Pago Pension De Vejez Y Jubilacion. Respuesta Clara Y De Fondo. Termino De Quince Dias Cuatro Y Seis Meses Para Resolver. Ley 700 De 2001. Concedida.T-377/00Derecho De Peticion Y Defensa. Debido Proceso. Presentacion Del Escrito De Excepciones Previas Ante Juez Que No Era Competente Para Recibirlo. Negada.T-170/00Solicitud De Pension Al Iss. Termino Para Responder Derecho De Peticion. Orden Para Decidir En Cuarenta Y Ocho Horas. Negada Parcialmente.T-294/97Der. De Peticion. Pronta Resolucion De Recursos. Reconoc. De Pension. Prestacion De Servicios Medicos. Medio De Defensa Judicial. Concedida Parcialmente.T-457/94Debido Proceso. Accion De Nulidad Y Restablecimiento Del Derecho. Tutela Transitoria. Adulteracion De Contador De Luz. Concedida.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.