Sentencia de Tutela24 de abril de 2003
T-326 de 2003
Ponente Alfredo Beltrán Sierra
✓Demandante Maria Teresa Duran Nuñez Y Otros Vs. Cajanal Bucaramanga Medellin Y Bogota
✓
Tema · dato duro
Derecho De Peticion. Solicitud Reconocimiento Y Pago Pension De Jubilacion Gracia Y Sustitucion. Respuesta Clara Y De Fondo. Termino De Quince Dias Cuatro Y Seis Meses Para Resolver. Ley 700 De 2001. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derecho De Peticion
- Término para resolver reconocimiento y pago de pensiones
Pension De Jubilacion
- Término de seis meses para trámite y pago
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. REVOCAR los fallos proferidos por el Juzgados 49 Penal del Circuito de Bogota, Tribunal Superior de Bogota Sala Penal, Juzgado 2 Civil del Circuito de Bogota, Juzgado 2 Laboral del Circuito de Medellin, Juzgado 12 Civil del Circuito de Bogota, Juzgado 29 Penal del Circuito de Bogota, Juzgado 1 Laboral del Circuito de Bucaramanga, Juzgado 13 Laboral del Circuito de Bogota, Tribunal Superior Sala Civil de Bogota, Juzgado 38 Penal del Circuito, Juzgado 11 Laboral del Circuito de Bogota y Juzgado 17 Penal del Circuito dentro de las acciones de tutela instauradas por los senores Maria Teresa Duran Nunez (T-711.844), Margarita Delgado de Cortes (T-711.886), Rosa Isabel Marroquin Serrato (T-711.889), Lupe Maria Montenegro Navarro y German Augusto Gomez Mendez (T-711.898), Maria Ines Monsalve de Ortiz (T-711.924), Maria Noelia Tangarife Sanchez (T-712.276), Maria Ninfa Gomez Giraldo (T-712.638), Alvaro Gustavo Guzman Velandia (T-712.973), Pablo Manuel Iriarte Lara (T-714.161), Esperanza Gonzalez Giron (T-715.379), Teresa Emilia Mesa Sampedro (T-715.480), Luis Alberto Jimenez Polanco (T-715.683), Victor Gualteros (T-716.076), Jesus Eduardo Jimenez Latorre (T-716.077), Maria de los Angeles Torres Prieto (T-716.147), Gloria Ines Arbelaez Lopez (T-716.148) y Eugenia Bahamon de Jimenez (T-716.180) respectivamente, por cuanto denegaron la proteccion del derecho fundamental de peticion invocado en las acciones de tutela interpuestas contra la Caja Nacional de Prevision Social Cajanal Seccionales Bucaramanga, Medellin y Bogota.
- Segundo. En su lugar, CONCEDER la proteccion del derecho de peticion solicitado por los actores. ORDENAR al representante legal de Cajanal Seccionales Bucaramanga, Medellin y Bogota, o quien haga sus veces, que dentro del termino de cuarenta y ocho (48) horas, siguientes a la notificacion de este fallo, expida si aun no lo ha hecho, acto administrativo que resuelva de manera clara, precisa y de fondo las solicitudes elevadas por los actores.
- Tercero. Por Secretaria General, librense las comunicaciones de que trata el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a4
T-001/03Derecho De Peticion Y Debido Proceso. Solicitud Reconocimiento Pension De Jubilacion. Respuesta Clara Y Oportuna. Cuatro Meses Para Resolver. Regimen De Transicion. Ley 700 De 2001. Hecho Superado. Concedida.T-795/02Derecho De Peticion. Respuesta De Fondo A Recurso De Apelacion Interpuesto. Negativa Reconocimiento Pension De Invalidez. Silencio Administrativo Negativo. Concedida.T-1086/02Derecho De Peticion. Solicitud Reconocimiento Y Pago Pension Gracia. Respuesta Pronta Oportuna Y De Fondo. Resolucion Recurso De Apelacion Interpuesto En Via Gubernativa. Termino De Sies Meses. Concedida.T-170/00Solicitud De Pension Al Iss. Termino Para Responder Derecho De Peticion. Orden Para Decidir En Cuarenta Y Ocho Horas. Negada Parcialmente.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.