Micelio
Sentencia de Tutela10 de mayo de 2007

T-356 de 2007

Ponente Humberto Antonio Sierra Porto

Demandante Esteban Lopez Nuñez Vs Juzgado Segundo De Ejecucion De Penas Y Medidas De Seguridad De Tunja Y Otro

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Causales de procedibilidad
  • Requisitos
  • Requisitos especiales de procedibilidad
  • Vulneración o amenaza de derechos fundamentales
  • Evolución jurisprudencial
  • La sola inconformidad de las partes afectadas con la decisión, no resulta suficiente para configurar una vía de hecho
  • Procedencia por vulneración del principio de favorabilidad penal
  • Requisitos formales
  • Requisitos formales de procedibilidad
  • Procedencia excepcional
  • Requisitos generales de procedibilidad
Formas De Terminacion Anticipada Del Proceso Penal
  • Evolución en el sistema jurídico colombiano
Principio De Favorabilidad Penal Acusatorio E Irretroactividad De La Ley Penal
  • Aplicación del nuevo Código de Procedimiento Penal para los delitos cometidos con posterioridad a la vigencia de dicho código
Principio De Favorabilidad Penal
  • Aplicación en normas sustantivas y procesales
  • No distinción entre normas sustantivas y procesales
  • Elemento fundamental del debido proceso
Sentencia Anticipada Del Decreto 2700 De 1991 Modificado Por La Ley 81 De 1993
  • Características de la sentencia anticipada y la audiencia especial
  • Descripción normativa
  • Semejanzas y diferencias entre la sentencia anticipada y la audiencia especial
Sentencia Anticipada Y Allanamiento A Los Cargos
  • Instituciones análogas con regulaciones punitivas diversas
  • Instituciones semejantes, similitudes predicables en los términos del Decreto 2700 de 1991, modificado por la Ley 81 de 1993 para invocar el principio de favorabilidad
Sentencia Anticipada Y Audiencia Especial Del Decreto 2700 De 1991 Modificado Por La Ley 81 De 1993
  • Renuncia del Estado al ejercicio del poder de investigación y juzgamiento y al agotamiento de todos los trámites normales del proceso por parte del imputad
Fiscalia General De La Nacion
  • Beneficios por colaboración eficaz
Sistema Acusatorio
  • Parte integrante de acto legislativo
Principio De Favorabilidad En El Marco De La Ley 906 De 2004
  • Aplicación para hechos acaecidos antes de su vigencia y en los Distritos Judiciales en donde aún no ha entrado en vigor
  • Directrices materia de favorabilidad
  • Estado actual de la jurisprudencia de la Corte Constitucional sobre la aplicación
Sistema Penal Acusatorio
  • Formas de terminación anticipada del proceso
Via De Hecho
  • Clases de defectos en la actuación
15 temas · 32 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho al debido proceso de condenado a quien el despacho se ha negado a aplicarle por favorabilidad penal lo dispuesto en el articulo 351 de la ley 906 de 2004 al igual que la rebaja dispuesta en el articulo 70 de la ley 975 de 2005.solicita se ordene la redosificacion de la pena.tutela contra providencias judiciales.

Causales genericas de procedibilidad de la accion de tutela contra providencias judiciales.

Examen sobre la procedencia de la aplicacion del principio de favorabilidad para los casos de procesados que se hubiesen sometido al instituto de la sentencia anticipada durante la vigencia del decreto 2700 de 1991 modificado por la ley 81 de 1993.

La figura de la sentencia anticipada en el decreto 2700 de 1991 modificado por la ley 81 de 1993.

Aplicacion del principio de favorabilidad en la ley 906 de 2004.

La terminacion anticipada del proceso en el nuevo sistema penal.

Comparacion entre los institutos procesales de la sentencia anticipada del decreto 2700 de 2001 modificado por la ley 81 de 1993 con el allanamiento a los cargos de la ley 906 de 2004.

Efectos temporales de la sentencia c-370 de 2006 en relacion con la rebaja de pena de que trata el articulo 70 de la ley 975 de 2005.

Los efectos de esta sentencia son unicamente hacia el futuro es decir contados a partir del 18 de mayo de 2006 de tal suerte que los condenados que hubiesen solicitado y obtenido mediante decision judicial en firme la rebaja de la pena seguiran disfrutando de la misma.

Examen sobre la postura asumida por la sala penal de la corte suprema de justicia en relacion con los efectos temporales de la sentencia c-370 de 2006.

Condiciones para acceder al beneficio de que trata el articulo 70 de la ley 975 de 2005.

Aplicacion del principio de favorabilidad al caso concreto.concedida en cuanto a la aplicacion del principio de favorabilidad penal no asi en cuanto a la negativa de aplicar el articulo 70 de la ley 975 de 2005

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. REVOCAR las sentencias de tutela proferidas el 20 de septiembre de septiembre de 2006 y el 23 de noviembre del mismo ano por las Salas Penal y Civil respectivamente de la Corte Suprema de Justicia, mediante las cuales se decidio negar el amparo al senor Esteban Lopez Nunez, y en su lugar conceder la tutela al derecho fundamental al debido proceso penal del demandante. Por el contrario, se CONFIRMARAN los mencionados fallos en cuanto a la negativa a aplicar el articulo 70 de la Ley 975 de 2005, por las razones expuestas en la parte motiva de esta sentencia.
  2. Segundo. DEJAR SIN EFECTOS JURIDICOS, los autos num. 00647 del 10 de agosto de 2005, 3 de abril de 2006 del Juzgado 2o de Ejecucion de Penas y Medidas de Seguridad de Tunja, unicamente en cuanto se nego en ellos la aplicacion del principio de favorabilidad penal; asimismo, los autos del 24 de noviembre de 2005 y 18 de julio de 2006 de la Sala Penal del Tribunal Superior de Tunja, unicamente en cuanto se nego en ellos la aplicacion del principio de favorabilidad penal. En todo lo demas, las providencias judiciales quedan en firme.
  3. Tercero. ORDENAR al Juez 2o de Ejecucion de Penas y Medidas de Seguridad de Tunja que proceda, dentro del termino de cinco (5) dias contados a partir de la notificacion de esta sentencia, a resolver la solicitud de redosificacion punitiva formulada por el senor Esteban Lopez Nunez, teniendo en cuenta las normas aplicables en virtud del principio de favorabilidad, conforme a las consideraciones de esta sentencia.
  4. Cuarto. LIBRENSE, por la Secretaria General de esta Corporacion, las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.