Micelio
Sentencia de Tutela17 de abril de 2008

T-343 de 2008

Ponente Clara Inés Vargas Hernández

Demandante Doris Morantes Ortega·Demandado Clinica Norte S.A.

Tema · dato duro
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Historia Clinica
  • Reserva no desaparece por fallecimiento del titular del derecho
  • Reserva no puede predicarse a los representantes legales cuando se trate de menores de edad o de personas absolutamente incapaces
  • Imposibilidad de aplicación de la reserva frente a familiares
  • Interés legítimo de la madre para acceso a la información en el caso de hija menor fallecida
  • Naturaleza
  • Reserva
  • Jurisprudencia acerca de la posibilidad de que familiares y terceros tengan acceso en el caso de un paciente fallecido
  • Razones por las cuales se justifica la reserva a favor de familiares de un paciente fallecido
  • Acceso en el caso de pacientes con incapacidad de dar su consentimiento para que sea conocida por sus parientes más cercanos
  • Fundamento en el acceso de familiares más próximos de quien fallece
3 temas · 12 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho de peticion, informacion y acceso a la justicia de madre de una niña que fallecio, al parecer, por deficiencias en el servicio medico prestado por la clinica en la cual fue atendida.

La accidente pidio, por consiguiente, la entrega de la historia clinica de su hija, con la intencion de iniciar una de responsabilidad.

Hasta la fecha de interposicion de la tutela no le ha sido entregada.<br>alcance del derecho fundamental de peticion.

Reiteracion jurisprudencial.<br>naturaleza de la historia clinica y posibilidad de los familiares de tener acceso a ella cuando el paciente ha fallecido.<br>la sala siguio el criterio de que, en eventos en los cuales se acredite: I)la demostracion del hecho de la muerte o la incapacidad del paciente, ii) la acreditacion de pertenecer al nucleo familiar del fallecido y iii) la exposicion de los motivos por los cuales se requiere conocer la historia clinica del fallecido, la entregade la historia clinica esta justificada. <br>la sala advirtio que en el caso en cuestion se cumplieron los referidos requisitos.

Concedida

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. CONFIRMAR la sentencia proferida por el Juzgado
  2. Sexto. Penal del Circuito de la ciudad de San Jose de Cucuta, en los terminos de esta sentencia.
  3. Segundo. Por Secretaria General, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.