Micelio
Sentencia de Tutela10 de abril de 2008

T-323 de 2008

Ponente Humberto Antonio Sierra Porto

Demandante Luis Carlos Bahena Polo·Demandado Instituto De Seguros Sociales Iss

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Salud
  • Vulneración por el ISS, toda vez que estaba acreditada la necesidad del examen de diagnóstico y la incapacidad económica del actor para asumir el costo
  • Incorpora el derecho al diagnóstico
Derecho A La Salud Y Accion De Tutela
  • Reiteración de jurisprudencia sobre su procedencia
Juez De Tutela
  • Le compete el deber probatorio en aras de la protección de los derechos fundamentales sometidos a su conocimiento
3 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la salud y a la seguridad social de afiliado en calidad de cotizante que padece de retinopatia diabetica y edema macular diabetico, por lo que su medico tratante le ordeno la practica de un examen de diagnostico que niega la entidad, sobre la base de su exclusion del plan obligatorio de salud. <br>solicita se ordene la autorizacion del examen prescrito.<br>proteccion del derecho constitucional fundamental a la salud por accion de tutela.

La proteccion del derecho a la salud incluye el derecho al diagnostico.

Especial deber probatorio que compete al juez de tutela en aras de la proteccion de los derechos fundamentales involucrados en los asuntos sometidos a su conocimiento.<br>cabe señalar que la existencia de una orden medica que prescriba la practica de un examen de diagnostico, constituye un indicio suficiente para entender acreditado el hecho de que la omision relativa a dicho procedimiento pone en peligro la salud del paciente, en cuanto este es requerido por el galeno encargado del tratamiento para definir, esclarecer o confirmar el diagnostico y asi mismo, para establecer las medidas que adoptara frente a la patologia que aqueja al paciente.

De esta forma, se considera innecesario el pronunciamiento que echa de menos el juez de instancia en relacion con la importancia de la prueba, pues de resultar esta intrascendente, es evidente que el medico no habria ordenado su practica.

Por otra parte, se advierte la incapacidad economica del paciente para sufragar, de su propio peculio, los gastos derivados del examen diagnostico prescrito.<br>concedida.

Recobro ante fosyga.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida en el proceso de la referencia por el Juzgado
  2. Primero. Civil del Circuito de Riohacha y, en consecuencia, CONCEDER el amparo del derecho fundamental a la salud del señor Luis Carlos Bahena Polo.
  3. Segundo. ORDENAR al Instituto de Seguros Sociales que, dentro de las siguientes cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la notificación de esta sentencia, autorice y programe la práctica del examen de tomografía óptica coherente en ambos ojos al señor Luis Carlos Bahena Polo.
  4. Tercero. SEÑALAR que al Instituto de Seguros Sociales le asiste el derecho a reclamar ante el FOSYGA, por los valores pagados en exceso de sus obligaciones legales.
  5. Por Secretaría líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.