T-314 de 2005
Ponente Jaime Córdoba Triviño
✓Demandante Maria Belen Moreno Moreno Vs. Ecoopsos
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Diferenciación positiva
- Trato especial
- Casos en que procede por exclusión de tratamientos y medicamentos de alto costo
- Fundamental autónomo
- Suministro de prótesis
- Entrega de prótesis de extremidades superiores
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la salud la integridad personal y el trabajo de persona afiliada al regimen subsidiado que en razon de un accidente de trabajo perdio el antebrazo derecho y los medicos le ordenaron una protesis articular con gancho de acero y adaptación de mano y guante cosmético que la ars no le suministra por ser elemento no pos.
Solicita se ordene el suministro de los elementos formulados.
Proteccion excepcional del derecho a la salud mediante la accion de tutela.
Interpretacion del articulo 12 de la resolución 5261 de 1994 sobre protesis ortesis aparatos y aditamentos ortopedicos o para alguna funcion biológica.
Concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. REVOCAR la decision del 29 de septiembre de 2004 proferida por el Juzgado Civil del Circuito de Villeta y, en su lugar, CONFIRMAR la sentencia de mayo 25 de 2004, proferida por el Juzgado Promiscuo Municipal de Vergara-Cundinamarca, a traves de la cual se tutelaron los derechos fundamentales de Maria Belen Moreno Moreno.
- Segundo. ORDENAR a la A.R.S. Ecoopsos que en el termino de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificacion de esta providencia, si aun no lo ha hecho, proceda a adelantar los tramites que sean del caso para el suministro a la senora Maria Belen Moreno Moreno de la protesis articular de bajo de codo con gancho en acero y adaptacion de mano y guante cosmetico. En todo caso, la protesis debe ser entregada a la actora en un termino no mayor de 30 dias corridos.
- Tercero. LIBRESE por Secretaria las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.