Micelio
Sentencia de Tutela19 de enero de 2005

T-007 de 2005

Ponente Manuel José Cepeda Espinosa

Demandante Sandra Monica Rodríguez Gonzalez Vs. Salud Colpatria

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Vida Del Menor
  • Realización cirugía e implantación de prótesis excluidos del POS
Acción De Tutela
  • En conflictos sobre servicios de salud prevalecen los que ha ordenado el médico tratante
Entidad Promotora De Salud
  • Realización cirugía a menor de edad e implantación de prótesis excluidos del POS
  • Repetición contra el FOSYGA
Inaplicacion De Normas Del Plan Obligatorio De Salud
  • Medicamento o procedimiento no puede ser sustituido por otro que se encuentre incluido en el listado
  • Casos en que procede
4 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la vida la salud y de los niños por la negativa de la entidad de suministrar a menor beneficiaria del regimen contributivo una prótesis endovascular no pos formulada por medico tratante.

En el tramite de la accion de tutela la opinión del medico tratante respecto del servicio medico que se le debe brindar a un paciente prevalece sobre la de los funcionarios administrativos de la eps.

Procedencia para inaplicación de normas que regula el pos.

Accion de repeticion contra fosyga.

Concedida

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (8 puntos)
  1. Primero. REVOCAR el fallo proferido por el Juzgado
  2. Octavo. Civil Municipal de Bogotá en el proceso T-982922, mediante sentencia del diecisiete (17) de agosto de dos mil cuatro (2004).
  3. Segundo. ORDENAR a Salud Colpatria EPS que en el término de una semana, contado a partir de la notificación de este fallo, le practique a Jessica Yubelly Vargas la cirugía que determine nuevamente su médico tratante de manera inmediata.
  4. Tercero. AUTORIZAR a Salud Colpatria EPS para que repita contra el FOSYGA, por el valor del COILS señalado en la reglamentación vigente, en el evento que el médico tratante le prescriba a Jessica Yubelly Vargas esta prótesis.
  5. El FOSYGA dispondrá de quince (15) días para reconocer lo debido o indicar la fecha máxima dentro de la cual lo hará. En todo caso, el término para el pago de la obligación reconocida no podrá exceder de seis (6) meses, contados a partir de la presentación de la petición.
  6. Cuarto. ORDENAR al Juez
  7. Octavo. Civil Municipal de Bogotá, que en aras de garantizar la efectividad de la acción de tutela, notifique este fallo a las partes dentro de los tres días siguientes a su recepción.
  8. Quinto. Líbrese por Secretaría General la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, además de remitir copia de la sentencia al Ministerio de la Protección Social.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.