Micelio
Sentencia de Tutela28 de mayo de 2014

T-304 de 2014

Ponente Gabriel Eduardo Mendoza Martelo

Demandante Bernabe Ponton Mendoza En Calidad De Agente Oficioso De Cristian Javier Ponton Lopez Y Otro·Demandado Comfamiliar E.P.S. S Y Otro

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Salud Y A La Vida Digna
  • Suministro de medicamentos y elementos esenciales para sobrellevar un padecimiento o enfermedad que afecte la calidad y la dignidad de la vida
Derecho A La Salud
  • Doctrina constitucional sobre cubrimiento de gastos de transporte para pacientes y sus acompañantes por las EPS
Legitimacion Por Activa En Tutela
  • Agente oficioso en representación de familiar
Derecho A La Salud, A La Vida Y A La Seguridad Social Del Adulto Mayor
  • Orden a EPS otorgar las veces que sea necesario, a la agenciada, el servicio de trasporte para desplazarse desde su lugar de residencia hasta la IPS
Legitimacion Por Pasiva En Tutela
  • Entidad que se ocupa de prestar el servicio público de salud
Requisito De Inmediatez De La Accion De Tutela
  • Excepciones en la jurisprudencia constitucional
Temeridad
  • Configuración
Derecho A La Salud, A La Vida Y A La Seguridad Social Del Menor
  • Orden a EPS-S autorizar el tratamiento médico “impresión de arco dentario superior o inferior con modelo de estudio y concepto”
  • Orden a EPS-S otorgar las veces que sea necesario, al menor y a un acompañante, el servicio de transporte para desplazarse desde su lugar de residencia hacia la ciudad donde se le autoricen l
10 temas · 10 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Salud, vida, seguridad social.

Se acumulan expedientes por unidad de materia.

La vulneración de derechos fundamentales por parte de las E.P.S. accionadas se predica, de la falta de autorización y pago de los gastos de transporte y traslado que requieren pacientes considerados de especial protección constitucional, para desplazarse desde su lugar de residencia hasta la ciudad o I.P.S. donde deben asistir a sus controles médicos, a la práctica de procedimientos o citas con médicos tratantes.

Se realiza un análisis jurisprudencial de los siguientes temas: 1º.

El requisito de inmediatez en la presentación de la acción de tutela y sus excepciones. 2º.

El derecho fundamental a la salud de los niños y personas de la tercera edad. 3º.

Los servicios esenciales para sobrellevar un padecimiento y garantizar una vida en condiciones dignas y, 4º.

El servicio de transporte para el acceso efectivo al servicio de salud.

Se CONCEDE el amparo solicitado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (9 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR el fallo proferido en segunda instancia por el Juzgado
  2. Primero. Promiscuo Municipal de Simiti, Bolivar, del 27 de mayo de 2013, en el tramite del proceso de tutela T-4.193753. En su lugar TUTELAR los derechos fundamentales a la salud, a la vida y a la seguridad social del menor Cristian Javier Ponton Lopez.
  3. SEGUNDO. ORDENAR a Comfamiliar EPS-S a traves de su representante legal o quien haga sus veces, que si aun no lo ha realizado, en el termino de (48) horas contadas a partir de la notificacion de la presente providencia, otorgue, las veces que sea necesario, al menor Cristian Javier Ponton Lopez y a un acompanante, el servicio de transporte para desplazarse desde su lugar de residencia hacia Bucaramanga, cuidad donde se ha de procurar que se le autoricen los controles medicos y suministre, ademas, los gastos de manutencion y hospedaje en caso de requerirlo de acuerdo con las indicaciones medicas ya expedidas o que en el futuro se expidan. .
  4. TERCERO. ORDENAR a Comfamiliar EPS-S a traves de su representante legal o quien haga sus veces que, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de esta providencia, si aun no lo ha hecho, autorice el tratamiento medico "impresion de arco dentario superior o inferior con modelo de estudio y concepto".
  5. CUARTO. REVOCAR la sentencia proferida en segunda instancia por el Juzgado
  6. Sexto. Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Medellin, Antioquia, del 2 de octubre de 2013, que revoco la dictada por el Juzgado Treinta y Cuatro Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Medellin, Antioquia, el 28 de agosto de 2013, en el tramite del proceso de tutela T-4.222.558. En su lugar TUTELAR los derechos fundamentales a la salud, a la vida y a la seguridad social en salud de la senora Leonila de Jesus Blandon de Raigosa.
  7. QUINTO. ORDENAR a Coomeva EPS a traves de su representante legal o quien haga sus veces, que en el termino de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de esta providencia, si aun no lo ha hecho, otorgue, las veces que sea necesario, a la senora Leonila de Jesus Blandon Raigosa, el servicio de trasporte para desplazarse desde su lugar de residencia en Entrerrios hasta la IPS Clinica Medellin.
  8. SEXTO. Por Secretaria, librense las comunicaciones previstas en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
  9. Notifiquese, comuniquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.