T-294 de 2017
Ponente Iván Humberto Escrucería Mayolo
✓Demandante Sara Elena Gonzalez Hernandez·Demandado Colpensiones
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Orden a Colpensiones reconocer pensión de sobrevivientes a accionante conforme al Acuerdo 049 de 1990
- Reiteración de jurisprudencia
- Alcance
- Aplicación del principio de favorabilidad en materia laboral
- Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia
- Inaplicación cuando violación de derechos persiste en el tiempo
- Precedente de la Corte Constitucional
- Ámbitos de protección
- Naturaleza
- Protección constitucional
- Finalidad
- Requisitos
- Beneficiarios
- Debe observarse la justa causa que motive el paso del tiempo por sujetos de especial protección constitucional
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Colpensiones le negó a la accionante el reconocimiento y pago de la pensión de sobrevivientes que reclamó con ocasión del fallecimiento de su esposo, bajo el supuesto incumplimiento del causante de los requisitos exigidos en la Ley 797 de 2003, relacionados con la acreditación de las 50 semanas de cotización dentro de los tres años inmediatamente anteriores al deceso.
La entidad decidió adjudicar un único pago por $3.035.548, como indemnización sustitutiva de la prestación.
Se aborda la siguiente temática: 1º.
Las condiciones generales para la protección excepcional de la acción de tutela para el reconocimiento de la pensión. 2º.
El derecho a la seguridad social en pensiones, el alcance de la pensión de sobrevivientes y su reconocimiento a través de la acción constitucional y, 3º.
La aplicación del principio de la condición más beneficiosa para acceder a la precitada prestación.
Se CONCEDE el amparo solicitado y se ordena a la entidad reconocer la pensión reclamada, precisando que puede descontar lo pagado por concepto de indemnización sustitutiva, sin que se afecte el derecho al mínimo vital de la peticionaria.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida por la Sala Tercera de Decision del Tribunal de lo Contencioso Administrativo de Risaralda del 1.o de noviembre de 2016, que a su vez habia confirmado el fallo emitido por el Juzgado 3.o Administrativo del Circuito de la misma ciudad el 21 de Septiembre de 2016, que nego la proteccion invocada y, en su lugar, CONCEDER la proteccion de los derechos al minimo vital, a la seguridad social y a la dignidad humana de la senora Sara Elena Gonzalez Hernandez.
- Segundo. ORDENAR a la Administradora Colombiana de Pensiones COLPENSIONES- que, dentro de los quince (15) dias habiles siguientes a la notificacion de la presente providencia, proceda a emitir un nuevo acto administrativo en el cual reconozca la pension de sobrevivientes a la senora Sara Elena Gonzalez Hernandez de conformidad a todo lo analizado dentro del presente fallo de tutela. En este evento, Colpensiones EICE podra descontar de las mesadas lo pagado por concepto de indemnizacion sustitutiva, sin que se afecte el derecho al minimo vital de la beneficiaria.
- Tercero. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto Estatutario 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.