Micelio
Sentencia de Tutela6 de junio de 2019

T-257 de 2019

Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo

Demandante David Eutiquio Zea Lopez·Demandado Colpensiones

Tema · dato duro
Calificacion De Perdida De Capacidad Laboral Para Pension De Invalidez En Un Proceso De Conmutacion Pensional.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Pension De Invalidez
  • Reglas establecidas por la Corte Constitucional para determinar la fecha de estructuración de la invalidez en los casos de enfermedad degenerativa, crónica o congénita
Accion De Tutela Para Solicitar Calificacion De Invalidez
  • Procedencia excepcional por estado de indefensión o debilidad manifiesta aun cuando exista otro medio de defensa judicial
Conmutacion Pensional
  • Alcance y operancia
Derecho A La Calificacion De La Perdida De La Capacidad Laboral
  • Orden a Colpensiones adelantar el estudio para reconocimiento de pensión de invalidez, una vez realizada la calificación de la pérdida de capacidad laboral del accionante
Derecho Al Minimo Vital
  • Relación estrecha con la pensión de invalidez
8 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se atribuye a Colpensiones la vulneración de derechos fundamentales del actor, en razón a la negativa a autorizar la calificación de la pérdida de capacidad laboral en desconocimiento de su condición de futuro pensionado de la entidad, en virtud de la conmutación de las obligaciones pensionales que realizara la liquidada empresa empleadora al extinto ISS y, por ende, afectando su posibilidad de solicitar el reconocimiento de una pensión de invalidez.

La accionada adujo no ser competente para iniciar el proceso de clarificación de la pérdida de capacidad laboral del peticionario, debido a que no se encuentra afiliado al régimen de prima media administrado por ella.

Se recuerdan las reglas sobre el trámite de la calificación de la pérdida de capacidad laboral como requisito de acceso a la pensión de invalidez.

La Corte consideró que Colpensiones vulneró garantías constitucionales, en tanto la afiliación del actor al régimen de prima medio se dio una vez fue aceptada la conmutación pensional y el extinto ISS recibió el dinero correspondiente al cálculo actuarial fijado, adquiriendo la obligación de reconocer la pensión de vejez, invalidez o sobrevivencia, atendiendo a la integralidad del Sistema General de Seguridad Social, según las contingencias futuras del accionante.

Precisó, que es una afiliación atípica por ser de tipo contractual, por lo que administradora de pensiones actuaría de mala fe si recibe el dinero y luego se sustrae de las obligaciones derivadas de la conmutación pensional.

Se CONCEDE.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (8 puntos)
  1. PRIMERO. LEVANTAR la suspension de terminos ordenada dentro del tramite de revision mediante Auto del 6 de marzo de 2019.
  2. SEGUNDO. REVOCAR la sentencia proferida, en segunda instancia, por la Sala de Decision Constitucional del Tribunal Superior de Medellin el 16 de agosto de 2018, y CONFIRMAR la sentencia proferida, en primera instancia, por el Juzgado
  3. Primero. Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bello, Antioquia, el 5 de julio de 2018, a traves de la cual se concedio el amparo de los derechos fundamentales invocados por el senor David Eutiquio Zea Lopez y se le ordeno a la Administradora Colombiana de Pensiones -Colpensiones- que procediera a realizar la calificacion de su perdida de capacidad laboral. Los tramites pertinentes -medicos y administrativos- para que el senor David Eutiquio Zea Lopez sea calificado segun los lineamientos legales del articulo 41 de la Ley 100 de 1993, los criterios tecnico-cientificos dispuestos en el Manual Unico de Calificacion de la Invalidez y demas normas concordantes y complementarias, deben ser realizados dentro del termino maximo de quince (15) dias habiles contados a partir de la notificacion de esta providencia.
  4. TERCERO. ORDENAR a la Administradora Colombiana de Pensiones -Colpensiones- que una vez realizada la calificacion de la perdida de capacidad laboral del senor David Eutiquio Zea Lopez, oficiosamente, adelante el estudio necesario para el reconocimiento de la pension de invalidez bajo las pautas arriba descritas. El anterior tramite debe ser realizado dentro del termino maximo de quince (15) dias habiles contados a partir de la firmeza del acto administrativo de calificacion de la perdida de capacidad laboral.
  5. CUARTO. ORDENAR a la Administradora Colombiana de Pensiones -Colpensiones- que informe al Juzgado
  6. Primero. Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bello, Antioquia, el resultado final de la valoracion de la perdida de capacidad laboral del senor Zea Lopez y del estudio del reconocimiento de la pension de invalidez, una vez los respectivos actos administrativos adquieran firmeza.
  7. QUINTO. LIBRESE por Secretaria General la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
  8. Notifiquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible2
Salvamento parcialAntonio José Lizarazo OcampoSalvamento parcialCarlos Libardo Bernal Pulido
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.