T-216 de 2017
Ponente José Antonio Cepeda Amarís
✓Demandante Elsa Sofia Novoa Tovar·Demandado Tribunal Superior De Bogota, Sala Laboral
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procedencia por desconocimiento del precedente constitucional relativo a la posibilidad de traslado del régimen de ahorro individual al de prima media en cualquier momento, por cumplir requisitos del régimen
- Reiteración de jurisprudencia sobre procedencia excepcional
- Requisitos generales y especiales de procedibilidad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
La actora considera que el despacho judicial accionado vulneró sus derechos fundamentales, al proferir sentencia dentro de un proceso ordinario laboral en la que decidió negarle el traslado del régimen de ahorro individual con solidaridad al régimen de prima media con prestación definida, aduciendo que no tenía las semanas de cotización requeridas para dicho fin.
En su criterio, desconoció el precedente jurisprudencial establecido en la Sentencia SU.130/13.
Se reitera jurisprudencia de la Corporación relacionada con: 1º.
La procedencia excepcional de la acción de tutela contra providencias judiciales y los requisitos generales que la habilitan. 2º.
Caracterización del defecto por desconocimiento del precedente constitucional como causal de procedibilidad. 3º.
Reglas jurisprudenciales establecidas para el traslado del régimen de ahorro individual al régimen de prima media de los beneficiarios del régimen de transición de la Ley 100 de 1993.
Se CONCEDE.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida por la Sala de Casacion Penal de la Corte Suprema de Justicia de 10 de noviembre de 2016, que a su vez confirmo la providencia de la Sala de Casacion Laboral de la Corte Suprema de Justicia del 12 de octubre de 2016. En su lugar, TUTELAR los derechos fundamentales al debido proceso, a la seguridad social y el de la libertad de eleccion de regimen pensional de la senora Elsa Sofia Novoa Tovar.
- SEGUNDO. DEJAR SIN EFECTOS la sentencia proferida el 6 de julio de 2016, por Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota, mediante la cual se nego el traslado del regimen de ahorro individual con solidaridad al regimen de prima media con prestacion definida, a la ciudadana Elsa Sofia Novoa Tovar.
- TERCERO. ORDENAR a la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota que, dentro de los quince (15) dias siguientes a la notificacion de esta providencia, dicte un nuevo fallo en el que se integren las consideraciones de la parte motiva de esta sentencia. En ese sentido, la nueva decision del Tribunal debera tener en cuenta que el periodo de tiempo exigido para estudiar el traslado pensional es de 750 semanas de cotizacion, en el entendido que estas ultimas equivalen a 15 anos de tiempo de servicios.
- CUARTO. LIBRENSE por la Secretaria las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.