T-211 de 2013
Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla
✓Demandante Diana Patricia Jimenez Cuartas·Demandado Sala De Descongestion Laboral Del Tribunal Superior De Bogota
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Relación
- Orden a BBVA Horizonte Pensiones y Cesantías reconocer y pagar la pensión
- Procedencia excepcional para la protección de derechos fundamentales
- Desconocimiento del precedente vulnera derechos fundamentales
- Carácter vinculante
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Igualdad, debido proceso, seguridad social, mínimo vital.
Tutela contra providencia judicial.
La accionante inició un proceso ordinario laboral en contra de BBVA Horizonte, con el fin de lograr el reconocimiento y pago de la pensión de sobrevivientes causada a raíz del fallecimiento de su cónyuge.
Esta prestación previamente había sido denegada por la AFP, bajo el argumento del incumplimiento del requisito de fidelidad al sistema, establecido en el literal b) del artículo 12 de la ley 797 de 2003, el cual se encontraba vigente para el momento de causación de la prestación.
El juzgado de primera instancia despachó favorablemente las pretensiones de la demanda y el tribunal accionado revocó esta decisión, al considerar que para el momento en que ocurrieron los hechos se encontraba vigente el requisito de fidelidad al sistema y que por tanto no era aplicable la tesis del a quo que reconoció efecto retroactivo a la sentencia C-556/09.
La Sala de Revisión aborda los siguientes temas: 1º.
Improcedencia, por regla general, de la acción de tutela para rebatir decisiones judiciales. 2º.
El carácter vinculante del precedente constitucional y 3º.
El principio de progresividad en materia de seguridad social y el requisito de fidelidad al sistema.
Se CONCEDE la tutela, se deja sin efectos la sentencia acusada y se ordena a BBVA Horizonte Pensiones y Cesantías S.A., proferir resolución mediante la cual reconozca a favor de la actora la pensión de sobrevivientes reclamada.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. REVOCAR el fallo proferido en octubre 24 de 2012 por la Sala de Casacion Penal de la Corte Suprema de justicia, que en su momento confirmo el dictado en septiembre 10 de 2012 por la Sala de Casacion Laboral de la Corte Suprema de Justicia, negando la tutela que la senora Diana Patricia Jimenez Cuartas habia solicitado, contra la Sala Laboral de Descongestion Laboral del Tribunal Superior de Bogota.
- Segundo. TUTELAR los derechos fundamentales a la igualdad, al debido proceso, a la seguridad social y al minimo vital de la senora Diana Patricia Jimenez Cuartas y, en consecuencia, dejar sin efecto la sentencia dictada en mayo 31 de 2011 por la Sala de Descongestion Laboral con sede en el Tribunal Superior de Bogota, dentro del proceso ordinario promovido por dicha senora contra la sociedad BBVA Horizonte Pensiones y Cesantias S.A., a la cual se ORDENA, por conducto de su representante legal o quien haga sus veces que, si aun no lo ha efectuado, profiera una resolucion mediante la cual reconozca a favor de Diana Patricia Jimenez Cuartas y pague en la periodicidad debida la pension completa de sobrevivientes, que le corresponde en su condicion de conyuge del senor Rogelio Antonio Bedoya Gonzalez, cuyo deceso acaecio el 8 de marzo de 2008, fecha desde la cual debera computarse el importe ya causado, que la mencionada sociedad pagara dentro de los diez dias habiles siguientes a la notificacion de la presente sentencia, compensado lo que se le haya entregado como devolucion de saldos.
- Tercero. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.