Micelio
Sentencia de Tutela16 de marzo de 2007

T-206 de 2007

Ponente Manuel José Cepeda Espinosa

Demandante Ligia Sabogal Martinez Y Otra Vs. Cafesalud Y Otra

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Licencia De Maternidad
  • Excepción de no exigir el pago completo e ininterrumpido de semanas cotizadas
  • Pago del 100% por haber dejado de cotizar durante el embarazo por un periodo inferior a dos meses
  • Reconocimiento y pago debe hacerse de manera diferente cuando el lapso de no cotización es de días y de semanas
  • Reglas jurisprudenciales para reconocimiento y pago
  • Pago proporcional por haber dejado de cotizar durante el embarazo por un periodo superior a dos meses
Derecho A La Licencia De Maternidad
  • Fundamental por conexidad con el mínimo vital de la madre y el hijo recién nacido
2 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho al minimo vital la vida la dignidad humana y la seguridad social de afiliadas a quien las entidades se niegan a reconcer y pagar sus licencias de maternidad aduciendo el incumplimiento del requisito de haber cotizado ininterrumpidamente durante todo el tiempo de gestacion.solicitan se ordene el reconocimiento y pago de las licencias de maternidad.la corte constitucional ha sostenido que cuando se amenaza el minimo vital de la madre y del recien nacido por el no pago de la licencia de maternidad este deja de ser un derecho de caracter legal y se torna en un derecho de caracter fundamental de orden prevalente cuya proteccion es procedente a traves de la accion de tutela.

La corte constitucional ha señalado que se presume la afectacion del minimo vital de una madre gestante o lactante y de su hijo recien nacido por el no pago de la licencia de maternidad cuando devenga un salario minimo o cuando el salario es su unica fuente de ingreso y no ha transcurrido mas de un año desde el nacimiento del menor.

Corresponde a la eps o al empleador desvirtuar dicha presuncion.

Seria desproporcionado concluir que las accionantes han perdido su derecho por no haber cotizado durante todo el periodo de la gestacion.concedida

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. Primero. REVOCAR los fallos proferidos por el Juzgado
  2. Tercero. Penal Municipal de Descongestion de Bogota, D.C., dentro de los procesos de la referencia.
  3. Segundo. ORDENAR a Cafesalud EPS que, dentro de los tres dias habiles siguientes a la notificacion de esta sentencia, le pague a la senora Ligia Sabogal Martinez la licencia de maternidad correspondiente al nacimiento de su hijo, en proporcion al tiempo que cotizo durante el embarazo.
  4. Tercero. ORDENAR a Susalud EPS que, dentro de los tres dias habiles siguientes a la notificacion de esta sentencia, le pague a la senora Diana Marcela Lopez Romero la licencia de maternidad reclamada correspondiente al nacimiento de su hija.
  5. Cuarto. Para garantizar la efectividad de la accion de tutela, el Juzgado
  6. Tercero. Penal Municipal de Descongestion de Bogota, D.C., notificara esta sentencia dentro del termino de los cuatro dias siguientes a su comunicacion, de conformidad con el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
  7. Quinto. Librese por Secretaria General la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.