Micelio
Sentencia de Tutela24 de febrero de 2000

T-171 de 2000

Ponente Carlos Gaviria Díaz

Demandante Jorge Oliveros

Tema · dato duro
Identidad Del Sindicado. Detencion Por Homicidio. Tutela Contra Providencia Judicial Por Via De Hecho. Debido Proceso Y Defensa Tecnica. Homonimo. Accion Extraordinaria De Revision. Tutela Transitoria Para Evitar Perjuicio Irremediable. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Transitoria Por Via De Hecho
  • Inexistencia de plena identificación del sindicado por homonimia
Declaracion De Persona Ausente
  • Identificación debida para amparar a terceros por homonimia
  • Plena identificación del sindicado
Via De Hecho En Proceso Penal
  • Declaración de ausencia sobre alguien de condiciones civiles y personales desconocidas
  • Emplazamiento de quien no está debidamente notificado
Debido Proceso Penal
  • Indebido reconocimiento a través de fotografía, sin presencia del defensor y Ministerio Público
  • Irregularidades en vinculación de sindicado
Debido Proceso
  • Eficiencia punitiva del Estado no puede construirse sobre el sacrificio de derechos de personas
Derecho De Defensa Tecnica
  • Eficiencia punitiva del Estado no puede construirse sobre el sacrificio de derecho de personas
  • Plena identificación del sindicado
Funcion Punitiva
  • Eficiencia del Estado no puede construirse sobre el sacrificio de derechos de personas
8 temas · 12 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida por la Sección Quinta del Consejo de Estado el 23 de septiembre de 1999 y, en su lugar, confirmar la adoptada por el Tribunal Administrativo del Caquetá el 9 de julio de 1999, por medio de la cual se resolvió tutelar el derecho al debido proceso de Jorge Oliveros como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable, hasta que la autoridad competente resuelva la acción de revisión.
  2. Segundo. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
  3. Comuníquese, notifíquese, cúmplase e
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.