Micelio
Sentencia de Tutela21 de febrero de 2008

T-167 de 2008

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

Demandante Luz Dary Jaramillo Alarcon·Demandado Central De Inversiones S.A.

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Habeas Data
  • Aplicación de criterios jurisprudenciales expuestos en SU082/95
  • Información negativa no puede tener una duración indefinida
Acción De Tutela
  • Hecho superado porque la obligación se había cancelado a Bancafé desde el año 2001 y CISA expidió paz y salvo en 2004
2 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho al buen nombre, a la dignidad y a la honra de deudora solidaria de credito que, pese a haber cancelado totalmente la obligacion del deudor principal y a haber recibido el respectivo paz y salvo, aparece registrada como morosa en las bases de datos de las centrales de riesgo.<br>proteccion fundamental del derecho al buen nombre y habeas data.

Carencia actual de objeto.<br>dado que la entidad demandada procedio a actualizar la informacion crediticia y eliminar el reporte negativo de la central de riesgo cifin, resulta evidente la ocurrencia de un hecho superado. <br>negada por carencia actual de objeto

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. Por existir un hecho superado, CONFIRMAR la sentencia de segunda instancia proferida el 10 de septiembre de 2007 por la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali.
  2. SEGUNDO. PREVENIR a la Central de Inversiones S.A., para que se abstenga incurrir en conductas contrarias al ejercicio efectivo del derecho fundamental al Habeas Data.
  3. TERCERO. LIBRESE por Secretaria la comunicacion que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.