Micelio
Sentencia de Tutela7 de marzo de 2002

T-163 de 2002

Ponente Jaime Córdoba Triviño

Demandante Gildardo Alzate Piedrahita Vs. Empresa Industrias Kent Y Sorrento S.A.

Tema · dato duro
Derecho De Peticion. Naturaleza Y Nucleo Esencial. Solicitud Certificacion Laboral. Respuesta Clara Y Oportuna. Tutela Frente A Particulares. Relacion De Subordinacion O Indefension. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Certificacion Laboral
  • Debe contener tiempo, cargo y funciones
Derecho De Petición
  • Núcleo esencial
Accion De Tutela Contra Particulares
  • Indefensión
  • Procedencia excepcional
Derecho Al Trabajo
  • Vulneración por no expedición de certificado laboral
Derecho De Peticion
  • No expedición de certificación laboral
6 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida el 26 de septiembre de 2001, por el Juzgado
  2. Octavo. Laboral del Circuito de Cali. En su lugar, TUTELAR el derecho fundamental de petición al señor Gildardo Alzate Piedrahita.
  3. Segundo. ORDENAR a la empresa Industrias Kent y Sorrento S.A., que el término de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la notificación de la presente decisión, proceda a dar respuesta a la petición del actor, teniendo en cuenta para ello, lo establecido por el artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo (C.S.T), de conformidad con las consideraciones aquí expuestas.
  4. Tercero. Por Secretaría General, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.