Micelio
Sentencia de Tutela9 de junio de 2022

T-204 de 2022

Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera

Demandante Rafael Antonio Ospina Salazar·Demandado Secretaria De Movilidad De Medellin Y Otro

Tema · dato duro
Derecho Fundamental De Peticion
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho De Peticion
  • Respuesta dada al juez de tutela no es respuesta al peticionario
Accion De Tutela En Materia De Derecho De Peticion
  • Procedencia de manera directa por ser derecho fundamental de aplicación inmediata
Derecho De Petición
  • Respuesta debe ser de fondo, oportuna, congruente y tener notificación efectiva
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

El actor considera que las entidades demandadas vulneraron sus derechos fundamentales de petición, igualdad y debido proceso.

Ello, por cuanto no recibió una respuesta de fondo ante la solicitud de información sobre la ubicación actual de un vehículo de su propiedad, el cual, con motivo de un proceso ejecutivo ordinario y por virtud de una orden judicial, fue inmovilizado, aprehendido y llevado a un parqueadero en el territorio de su competencia, sino que le contestaron debía remitir el requerimiento a la autoridad de tránsito competente, esto es, la del municipio en donde el vehículo se hallaba matriculado.

El peticionario alego que necesita la información con el fin de responder a los diferentes cobros que, en detrimento de su patrimonio, le han sido generados como impuestos al ser el titular del derecho de dominio de dicho automotor.

Se reitera jurisprudencia sobre el derecho fundamental de petición y se concluye que la Secretaría de Movilidad de Medellín trasgredió esta garantía constitucional, por no encuadrarse bajo los parámetros de precisión, congruencia y consecuencia con que deben ser respondidas las peticiones ciudadanas.

Se AMPARA el derecho fundamental de petición del accionante y se ordena a la entidad contestarle la petición que le formuló, de conformidad con los parámetros constitucionales descritos en este fallo.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (11 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia de tutela proferida el 30 de septiembre de 2021 por el Juzgado 1º Civil del Circuito de Ejecución de Sentencias de Medellín, mediante la cual confirmó la providencia dictada el 27 de agosto de 2021 por el Juzgado 17 Civil Municipal de Oralidad de Medellín, que negó la acción de tutela presentada por el ciudadano Rafael Antonio Ospina Salazar. En su lugar, AMPARAR el derecho fundamental de petición del accionante.
  2. SEGUNDO. ORDENAR a la Secretaría de Movilidad de Medellín que, en el término de las 48 horas siguientes a la notificación de esta providencia, proceda a contestar de conformidad con los parámetros constitucionales descritos en la parte motiva de esta providencia la petición elevada el 18 de mayo de 2021 por el señor Ospina Salazar.
  3. TERCERO. LIBRAR las comunicaciones -por la Secretaría General de la Corte Constitucional-, así como DISPONER las notificaciones a las partes de conformidad con lo previsto en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
  4. Cópiese, comuníquese y cúmplase.
  5. DIANA FAJARDO RIVERA
  6. Magistrada
  7. JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
  8. Magistrado
  9. ALEJANDRO LINARES CANTILLO
  10. Magistrado
  11. MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.