T-160 de 2021
Ponente Cristina Pardo Schlesinger
✓Demandante Pablo Mauricio Grajales Hoyos·Demandado Colpensiones
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Línea jurisprudencial
- Requisitos para que proceda
- Improcedencia
- Trámite
- Entidades a las que les corresponde realizar la calificación
- Vulneración en el trámite de impugnación sobre la pérdida de capacidad laboral del accionante
- Reiteración de jurisprudencia
- Alcance y contenido
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
En este caso se cuestiona a Colpensiones por no remitir oportunamente el expediente médico laboral del actor a la Junta Regional de Calificación de Invalidez y no pagar los honorarios correspondientes.
El juez de segunda confirmó la decisión impugnada y decidió, además, condenar en abstracto a la entidad por concepto de daño emergente, daño convencional y costas del trámite incidental en el que protegió los derechos del actor.
Se analiza temática relacionada con. 1º.
El contenido y alcance del derecho fundamental al debido proceso y su aplicación en materia administrativa. 2º.
El trámite de calificación de invalidez sobre la apelación del dictamen inicial y el pago de honorarios y, 3º.
El alcance del artículo 25 del Decreto 2591 de 1991.
Por encontrar acreditada la trasgresión del derecho fundamental al debido proceso en la solicitud de pérdida de capacidad laboral del tutelante, la Corte decidió confirmar las decisiones de instancia que ampararon esta garantía.
No obstante lo anterior, revocó parcialmente la decisión de segunda instancia en lo atinente a la condena en abstracto impuesta a la accionada para reparar el daño emergente, las costas del trámite incidental y el daño convencional en cuantía de 10 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
Se hizo una advertencia a Colpensiones para que en lo sucesivo se abstenga de incurrir nuevamente en conductas similares, no imponga requisitos inexistentes para el trámite de los procesos a su cargo y respete y garantice debidamente los derechos de sus usuarios.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR parcialmente la sentencia emitida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pereira, Sala de Conjueces Civil-Familia, en sentencia del quince (15) de abril de dos mil veinte (2020) en lo relativo a la condena en abstracto impuesta a COLPENSIONES para reparar el dano emergente, las costas del tramite incidental y el dano convencional en cuantia de 10 salarios minimos mensuales legales vigentes, y CONFIRMAR dicho fallo en lo restante.
- SEGUNDO. ADVERTIR a la Administradora Colombiana de Pensiones - COLPENSIONES a que, en lo sucesivo, se abstenga de incurrir nuevamente en conductas similares, no imponga requisitos inexistentes para el tramite de los procesos a su cargo y respete y garantice debidamente los derechos de sus usuarios.
- TERCERO. Por Secretaria General librense las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.