Sentencia de Tutela7 de febrero de 2001
T-136 de 2001
Ponente Carlos Gaviria Díaz
✓Demandante Beatriz Carrillo De Ruiz Vs. Departamento De Boyaca
✓
Tema · dato duro
Derechos A La Vida Igualdad Y Seguridad Social. Solicitud Expedicion Remision Y Pago Del Bono Pensional. Iss. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Bono Pensional
- Expedición y emisión
Pension De Jubilacion
- No puede negarse si el bono pensional no ha sido obtenido
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- Primero. Revocar la sentencia proferida por el Tribunal Superior de Tunja el 12 de julio de 2000 y, en su lugar, tutelar los derechos a la vida en condiciones dignas, a la igualdad y a la seguridad social de Beatriz Carrillo de Ruiz.
- Segundo. Ordenar al Gobernador del Departamento de Boyacá que, si aún no lo ha hecho, en el término de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación de esta providencia, expida y remita al Instituto de Seguros Sociales el bono pensional correspondiente al señor Mario Alvaro Ruiz Corredor, so pena de las sanciones previstas en el Decreto 2591 de 1991 para el desacato.
- Tercero. Prevenir al Instituto de Seguros Sociales, para que con su proceder ineficiente e irregular no siga vulnerando los derechos fundamentales de la señora Beatriz Carrillo de Ruiz, so pena de las sanciones previstas en el Decreto 2591 de 1991 para el desacato.
- Cuarto. Remitir, a través de la Secretaría General de la Corte, copia de esta providencia al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, para que analice si, respecto del fallo del 27 de noviembre de 2000, por medio del cual se le otorgó tutela judicial a Mario Alvaro Ruiz Corredor, el Instituto de Seguros Sociales está incurso en alguna de las conductas a las que aluden los artículos 52 y 53 del Decreto 2591 de 1991.
- Quinto. Remitir, a través de la Secretaría General de la Corte, copia de esta providencia a la Superintendencia de Salud para lo de su competencia.
- Sexto. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
- Comuníquese, notifíquese, cúmplase e
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a12
T-887/00Emision Y Expedicion Del Bono Pensional. Iss. Via De Hecho. Derecho A La Igualdad. Seguridad Social Y A La Pension De Vejez. Concedida.T-775/00Derecho De Peticion. Solicitud De Reconocimiento De Pension De Invalidez. Emision Del Bono Pensional. Iss. Concedida.T-671/00Derecho A La Pension De Vejez. Emision Del Bono Pensional. U.I.S. Concedida.T-312/00Derecho A La Vida Salud Y Seguridad Social. Debido Proceso Administrativo. No Expedicion Del Bono Pensional. ConcedidaT-802/99Der A La Salud Y A La Vida. Sustitucion Pensional Condicionada A Emision De Bonos Pensionales Iss. Negada.T-690/99Derecho A La Vida A La Seguridad Social Reconocimiento Y Pago De Pension Bono Pensional Concedida.
Ver las 12 →Citada por71
T-224/24Principio De Autonomía Indígena (Permiso De Construcción Otorgado Por Gobernador Indígena) Y Derecho A La Vivienda Digna-Régimen De Las Licencias Urbanísticas (Proporcionalidad De Las Medidas En Proceso De Policía Por Infracciones Urbanísticas)T-232/23Derecho A La Igualdad Y No Discriminación, Debido Proceso Disciplinario Y Educación Superior Inclusiva-Vulneración Por No Tener En Cuenta Las Condiciones De Salud Del Estudiante. Falta De Enfoque Social De Discapacidad En Proceso Administrativo Disciplinario.T-174/23Progresividad Del Derecho A La Salud De Niños, Niñas Y Adolescentes Migrantes En Situación Irregular-Atención Médica De Urgencias, Continuidad E Integralidad Del Servicio De Salud.T-057/23Derecho A La Estabilidad Laboral Reforzada. Improcedencia Ante Suscripción De Contrato Transaccional Entre Las Partes. No Cubre Derechos Ciertos E Indiscutibles.T-005/23Derecho A La Salud En Su Faceta De Diagnóstico De Personas De La Tercera Edad, Para Determinar Si Se Requiere Servicio De Enfermería O Cuidador.T-426/22Derecho A Estabilidad Laboral Reforzada Por Embarazo Y Lactancia (Fuero De Maternidad)-Reglas Sobre Obligación Del Empleador De Cobrar Y Pagar La Licencia De Maternidad.
Ver las 71 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.