Micelio
Sentencia de Tutela12 de febrero de 2004

T-114 de 2004

Ponente Jaime Córdoba Triviño

Demandante Tomas Cipriano Armenta Gonzalez Vs. Juzgado 2 Penal Del Circuito De Palmira

Tema · dato duro
Derechos Al Debido Proceso Verdad Justicia Reparacion Y Acceso A La Administracion De Justicia De Victima O Perjudicado. Via De Hecho. Constitucion De Parte Civil. Delito De Usura. Caducidad De La Accion Penal. Cesacion Del Procedimiento. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Juez De Instancia
  • Declaró la caducidad de la acción penal antes del término
Via De Hecho
  • Defecto sustantivo
  • Cesación ilegal de procedimiento con base en una caducidad que no había operado
  • Declaración de caducidad que no había operado
Derecho A La Verdad, Justicia Y Reparacion
  • Debe reconocerse a víctimas de la comisión de una conducta punible
Derechos Fundamentales
  • Vulneración por archivarse arbitrariamente el proceso penal
Usura
  • Término de caducidad de la acción penal
7 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. Confirmar la sentencia proferida el 21 de julio de 2003 por la Sala Penal del Tribunal Superior de Buga y revocar la sentencia proferida el 3 de septiembre de 2003 por la Sala de Casacion Penal de la Corte Suprema de Justicia.
  2. Segundo. Tutelar los derechos al debido proceso y al acceso a la administracion de justicia del senor Tomas Cipriano Armenta Gonzalez.
  3. Tercero. Dejar sin efectos el auto proferido el 8 de mayo de 2003 por el Juzgado
  4. Segundo. Penal del Circuito de Buga. Ese despacho volvera a decidir el recurso sometido a su consideracion y lo hara profiriendo una decision consecuente con la legalidad del termino de caducidad y con el respeto de los derechos fundamentales del actor.
  5. Cuarto. DESE cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.