Micelio
Sentencia de Tutela29 de octubre de 2004

T-1090 de 2004

Ponente Rodrigo Escobar Gil

Demandante Jaime Diaz Romero Vs. Hospital Psiquiatrico San Camilo

Tema · dato duro
Derecho A La Vida Salud E Integridad Física De Paciente De Esquizofrenia Indiferenciada A Quien Le Fue Suspendido El Servicio Medico De Hospitalizacion Con Apoyo Habitacional Que Lo Tiene Viviendo En La Indigencia. Solicita Se Ordene Al Hospital Continuar
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Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Salud Del Disminuido Fisico Y Psiquico
  • Rehabilitación e integración social por el Estado garantizando una vida digna
Derecho A La Salud Mental
  • Fundamental por conexidad con la vida
Persona Afectada Con Enfermedad Mental Cronica
  • Protección especial del Estado por encontrarse en debilidad manifiesta
  • Deber del hospital de asistir al paciente para reincorporarlo al entorno social y familiar
  • Responsabilidad compartida entre el Estado, la familia y los particulares en la recuperación
Persona Afectada Con Enfermedad Mental
  • Tratamiento dentro de entorno social
  • Tratamiento intrahospitalario
4 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. PRIMERO. REANUDAR los términos dentro del proceso de tutela T-851.302, los cuales fueron suspendidos por orden de esta Sala Quinta de Revisión mediante Auto del treinta y uno (31) de mayo de 2004.
  2. SEGUNDO. REVOCAR la decisión proferida por el Juzgado
  3. Quinto. Civil del Circuito de Bucaramanga dentro del proceso de tutela promovido por Jaime Díaz Romero contra el Hospital Psiquiátrico San Camilo E.S.E.
  4. TERCERO. TUTELAR los derechos fundamentales a la vida, salud e integridad física del señor Jaime Díaz Romero. En consecuencia, ORDENAR al Hospital Psiquiátrico San Camilo E.S.E. para que, en el término de cinco (5) días contados a partir de la notificación del presente fallo, evalúe nuevamente al paciente para determinar si el tratamiento ambulatorio recomendado en su momento, continúa siendo el indicado ante la ausencia de apoyo familiar. En todo caso, ORDENAR al hospital accionado que continúe prestando la asistencia médica que el actor requiera.
  5. CUARTO. En el evento en que la nueva valoración médica indique que no es necesaria la internación del actor, ORDENAR a la Secretaría de Desarrollo Social del municipio de Bucaramanga que, en el término de cinco (5) días contados a partir de la evaluación ordenada en el numeral anterior, adelante los trámites necesarios para que el señor Jaime Díaz Romero se vincule a los programas de atención a grupos vulnerables que ofrece el municipio y que resulten procedentes según su condición.
  6. QUINTO. ORDENAR a la Secretaría General de esta Corporación que compulse copias del presente expediente a la Defensoría de Familia de la Regional Santander del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar para que, de conformidad con el artículo 32 del Código de Procedimiento Penal, adelante las actuaciones pertinentes ante la Fiscalía General de la Nación por la presunta comisión del delito de inasistencia alimentaria, si hay mérito.
  7. SEXTO. DÉSE cumplimiento a lo previsto por el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.