Sentencia de Tutela2 de diciembre de 1994
T-550 de 1994
Ponente José Gregorio Hernández Galindo
✓Demandante Lorenzo Miguel Piña Y Otros
✓
Tema · dato duro
Tutela Contra Particulares. Principio De Solidaridad. Construccion De Muro De Contencion En El "puyal". Negada.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Accion De Tutela Contra Sociedad Comercial
- Construcción de terraplenes
3 temas · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. CONFIRMAR, pero por las razones expuestas, los fallos proferidos por el Juzgado Penal del Circuito de El Carmen de Bolivar y por la Sala Penal de Decisión del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena los días 14 de junio y 13 de julio de 1994, respectivamente.
- Segundo. OFICIESE al Ministerio del Medio Ambiente para que, dentro de la órbita de sus atribuciones, verifique si en la zona han sido observadas las disposiciones ambientales y adopte las medidas tendientes a preservar los recursos naturales.
- Tercero. LIBRESE la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por65
C-164/22Inducción O Ayuda Al Suicidio. Reducción De La Pena De Prisión Cuando Esta Conducta Tenga Por Objeto Poner Fin A Intensos Sufrimientos Provenientes De Lesión Corporal O Enfermedad Grave E Incurable.C-156/22Indignidad Sucesoral Del Consanguíneo Que, Pudiendo Hacerlo, No Socorra Al Causante En Estado De Demencia.T-266/21Politica Migratoria Del Estado Colombiano. Estandares Constitucionales Y Legales Frente A Solicitudes De Reconocimiento De La Condición De RefugiadoT-254/21Derecho Fundamental A La Salud Y Principio De Universalidad Frente A Los Migrantes Con Permanencia Irregular En El País.T-434/20Derecho A La Estabilidad Ocupacional Reforzada De Personas En Condicion De Debilidad Manifiesta Por Razones De SaludT-390/20Derecho De Acceso Al Sistema De Salud De Niños Y Niñas Venezolanos En Colombia
Ver las 65 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.