T-1073 de 2001
Ponente Clara Inés Vargas Hernández
✓Demandante Cenelia Hernandez Vs. Fondo Nacional De Prestaciones Sociales Del Magisterio Y Otra·Demandado Sin Información
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Reconocimiento no sujeto a disponibilidad presupuestal
- Carácter prestacional
- Pronta resolución y decisión de fondo
- Diferencias
- Respuesta sobre solicitud de cesantías parciales
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia adoptada por el Juzgado Dieciséis Laboral del Circuito de Bogotá en virtud de la acción de tutela formulada por la docente CENELIA HERNÁNDEZ, para en su lugar TUTELAR el derecho fundamental de petición a la mencionada.
- Segundo. ORDENAR, en consecuencia, al la Fiduciaria La Previsora S. A. que, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta Sentencia, decida acerca de si confiere o no el visto bueno a la solicitud de cesantías parciales para reparaciones locativas presentada por la educadora CENELIA HERNÁNDEZ, sin que supedite el derecho a la disponibilidad presupuestal.
- Tercero. ORDENAR al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio, Regional Caldas, que oportunamente resuelva de manera definitiva, en la forma que legalmente corresponda, la petición formulada por la docente CENELIA HERNÁNDEZ sobre el anticipo de cesantías para reparaciones locativas que elevó el 26 de julio de 1999.
- Tercero. ORDENAR que por Secretaría General se dé cumplimiento a lo previsto en el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.