T-1072 de 2008
Ponente Jaime Córdoba Triviño
✓Demandante María Oneida Mancera Parrado En Representación De Henry Mancera Parrado·Demandado Caja De Sueldos De Retiro De La Policía Nacional
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Caso en que se suspendió el pago de la asignación de retiro desde el año 2005 pero que constituye una excepción
- Inexistencia por cuanto se presentan hechos nuevos
- Hermana en representación de hermano sordomudo
- Caso en que resulta improcedente
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho al mínimo vital, seguridad social salud y protección especial de ciudadano con incapacidad a quien le fue reconocida una pensión sustitutiva por invalidez que a la fecha le fue suspendida en seguimiento de la circular interna n° 002 de 1993 de la entidad accionada que exige probar que el beneficiario segue siendo inválido después de pasados 5 años, y debido a que, en su sentir, éste presenta un incapacidad relativa y permanente, no invalidez. <br>protección especial que debe darse a las personas discapacitadas y en estado de debilidad manifiesta. <br>a juicio de la sala, la carga impuesta al petente es exagerada, resulta arbitraria y desconoce derechos fundamentales.
Además, se hizo evidente la condición de incapaz absoluto del mismo, que fue valorada en un 51.40%. <br>en vista de su estado de debilidad manifiesta, no resultaba proporcionado remitir al petente a la vía adminsitrativa, pues la suspensión unilateral del pago de la pensión del mismo vulnera múltiples derechos de raigambre fundamental. <br>se ordenó a la accionada, por ende, que se reiniciara el pago de la sustitución de la asignaicón de retiro y se restablezca la atención médica al petente. <br>concedida <br> <br>
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado
- Décimo. Administrativo de Bogotá, proferida el 17 de julio de 2008, y en su lugar, conceder la tutela de los derechos fundamentales del señor Henry Mancera Parrado.
- Segundo. ORDENAR a la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional, que en un plazo máximo de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la notificación de esta sentencia, reinicie el pago de la sustitución de la asignación de retiro, y restablezca la atención médica que de tal derecho se deriva, así como de las mesadas y demás haberes a que tenga derecho, que dejó de cancelar a partir de la fecha en que se excluyó de nómina a Henry Mancera Parrado, esto es desde el 15 de junio de 2005.
- Tercero. ORDENAR enviar copia de esta sentencia de tutela al Consejo Seccional de la Judicatura Bogotá - Cundinamarca, en relación con la investigación que se adelanta contra el Abogado Marco Fidel Suárez Suárez, identificado con Cédula de Ciudadanía No.19.173.211 y Tarjeta Profesional No. 76.647.
- Cuarto. El desacato a lo aquí dispuesto dará lugar a la imposición de las sanciones previstas en el artículo 52 del Decreto 2591 de 1991.
- Quinto. DÉSE cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.