Micelio
Sentencia de Tutela14 de octubre de 2004

T-1019 de 2004

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

Demandante Angelica Gonzalez Colorado Vs. Salud Total

Tema · dato duro
Derecho A La Seguridad Social Vida Digna Y A La Salud De Afiliada Beneficiaria Que Sufre De Depresión Mayor Con Síntomas Psicoticos Y Riesgo Suicida A Quien Le Fue Suspendido El Servicio Por Haber Cumplido La Mayoria De Edad. Solicita Se Ordene A La Enti
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Entidad Promotora De Salud
  • Deber de propender por la integridad personal de sus afiliados y beneficiarios
Derecho A La Salud Del Disminuido Fisico Y Psiquico
  • Trato preferencial por el Estado por debilidad manifiesta
Derecho A La Salud Mental
  • Fundamental por conexidad con la vida e integridad personal
Derecho A La Salud, Derecho A La Vida Y Derecho A La Integridad Personal
  • Recuperación del equilibrio emocional, psicológico y mental
6 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR el fallo proferido por el 19 de mayo de 2004 por el Juzgado
  2. Sexto. Penal Municipal de Pereira. En su lugar TUTELAR los derechos fundamentales a la seguridad social, vida digna y a la salud de la joven ANGÉLICA GONZÁLEZ COLORADO.
  3. SEGUNDO. ORDENAR a SALUD TOTAL E.P.S., Seccional Risaralda que en el término de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la notificación de esta Sentencia, continúe con la afiliación de la joven ANGELICA GONZALEZ COLORADO al Sistema General de Seguridad Social en Salud, régimen contributivo, en calidad de beneficiaria de su progenitora Beatriz Angélica Colorado Camargo, hasta tanto, en criterio del médico tratante, perduren las condiciones físicas, psíquicas y económicas acreditadas en la forma en que se consignó en el presente proceso y se suministren los procedimientos, medicamentos exámenes y el tratamiento integral que su enfermedad requiera, de acuerdo con las prescripciones del médico tratante adscrito a la entidad accionada.
  4. TERCERO. Salud Total E.P.S. Seccional Risaralda podrá repetir contra el FOSYGA, por la suma de los dineros invertidos en el cumplimiento de la orden emitida en este fallo.
  5. CUARTO. ORDENAR a SALUD TOTAL E.P.S., Seccional Risaralda, que en caso de que las condiciones de salud de la joven cambien, pero se mantenga su precaria situación económica, adelante las gestiones que sean necesarias para guiar y acompañar a la actora en el proceso de afiliación al Régimen Subsidiado en su condición de población pobre y vulnerable, sin capacidad de pago, incluyendo las necesarias para la aplicación de la encuesta del Sistema de Información de Beneficiarios de Programas Sociales - Sisben -.
  6. QUINTO. LÍBRESE por Secretaría las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.