T-068 de 2019
Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Demandante Lina Marcela Zuñiga Montiel Y Otro·Demandado Uariv
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Deberes que se derivan de la obligación constitucional de igualdad de protección y trato
- Concepto
- Caso en que se negó inclusión en el RUV a los accionantes, pese a que si se incluyeron otros miembros de su familia, con ocasión del mismo hecho victimizante
- Orden a la UARIV incluir a accionante en el RUV, como víctima de violencia en desarrollo del conflicto armado
- Importancia
- Inscripción en el Registro Único de Víctimas como derecho fundamental de la población desplazada al reconocimiento de su especial condición
- Reglas jurisprudenciales
- Hechos victimizantes y situaciones que se presentan
- Alcance del concepto contenido en la Ley 1448 de 2011
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
En dos acciones de tutela formuladas de manera independiente se atribuye a la UARIV la vulneración de derechos fundamentales como consecuencia de negar a los actores su inclusión en el Registro Único de Víctimas, no obstante haber decidido inscribir en el referido Registro a otros miembros de su familia, con ocasión a los mismos hechos victimizantes de desplazamiento forzado.
Se reitera jurisprudencia sobre: 1º.
El concepto de víctima del conflicto armado establecido por la Ley 1448 de 2011. 2º.
La importancia de la inclusión en el RUV y, 3º.
El principio constitucional de igualdad en la función pública.
En ambos casos se CONCEDE el amparo invocado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. Dentro del Expediente T-6.910.540, REVOCAR la Sentencia proferida el 07 de junio de 2018 por el Juzgado
- Décimo. Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Medellín (Antioquia), y en su lugar CONCEDER el amparo de los derechos a la igualdad, el debido proceso administrativo y a la dignidad humana de la señora Lina Marcela Zúñiga Montiel y a sus dos hijas.
- Segundo. ORDENAR la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas (UARIV) que, a partir de la notificación de esta providencia, deje sin efectos la Resolución No. 2018-12108 del 2 de marzo de 2018, y emita acto administrativo en donde (i) se incluya en el RUV a la actora y su grupo familiar, y (ii) se reconozca el hecho victimizante de desplazamiento forzado, en las mimas condiciones en las que le fue reconocido a su madre, la señora Nancy Ester Montiel Álvarez y su grupo familiar.
- Tercero. Dentro del Expediente T-6.931.888, REVOCAR la Sentencia proferida el 05 de junio de 2018 por el Juzgado Promiscuo de Familia de Amagá (Antioquia), y en su lugar CONCEDER el amparo de los derechos a la igualdad, al debido proceso y a la dignidad humana del señor Jorge Andrés Laverde Salas.
- Quinto. LÍBRESE las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.