Micelio
Sentencia de Tutela26 de enero de 2006

T-027 de 2006

Ponente Alfredo Beltrán Sierra

Demandante Amparo Edilma Collazos De Zúñiga Vs. Cosmitet

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Salud
  • Cirugía bariátrica por obesidad mórbida debe estar determinada por médico tratante para que la EPS tenga obligación de asumirla
Acción De Tutela
  • Es requisito que el tratamiento y los medicamentos estén determinados por el médico tratante
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la salud la vida y la seguridad social de afiliada cotizante que padece obesidad morbida a quien la entidad se niega a autoizarle la cirugía bariatrica de bypass gástrico por laparoscopia aduciendo que era no pos.

Solicita se ordene autorizar la cirugía que requiere.

Derecho a la salud cirugía bariatrica aplicación de requisitos para conceder la tutela.

La corte ha reiterado que el derecho a la salud sólo es susceptible de amparo constitucional cuando la ausencia en la prestación del servicio afecte un derecho de rango fundamental como la vida o la integridad personal.

Requisitos indispensables que debe cumplirse a fin de obtener la protección esperada.

La señora amparo edilma collazos de zuñiga tiene derecho a la atención médica requerida y la entidad demandada deberá atenderla en forma oportuna y remitirla al médico especialista que corresponda en tanto por la eps se le ha diagnosticado obesidad mórbida.

Negada

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. REVOCAR el fallo proferido por el Juzgado
  2. Noveno. Civil Municipal de Cali, de fecha 1o de septiembre de 2005, que concedio la accion de tutela promovida a traves de apoderada, por la senora Amparo Edilma Collazos de Zuniga, contra Cosmitet E.P.S.
  3. Segundo. PREVENIR a la EPS Cosmitet que si la cirugia aun no se ha practicado, debe valorar nuevamente la situacion de salud de la paciente y establecer si esta necesita la cirugia, caso en el cual habra de prestarse, en su integridad el servicio medico quirurgico ordenado por el medico tratante, en forma oportuna.
  4. Librese por Secretaria General la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.