T-001 de 2005
Ponente Alfredo Beltrán Sierra
✓Demandante Juan Carlos Acosta López Vs. Saludcoop
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Es requisito que el examen esté determinado por el médico tratante
- Improcedencia por cuanto examen solicitado puede ser reemplazado por otro incluido en el POS
- Concepto
- Examen debe ser determinado por médico tratante
- Casos en que procede
- Casos en que procede por cuanto el medicamento o tratamiento no fue ordenado por médico adscrito a la EPS
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la salud y la vida de afiliado al regimen contributivo a quien la entidad se niega a autorizarle un examen no pos de resonancia magnetica craneal por no cumplir con el minimo de semanas de cotización.
Solicita se ordene a la entidad la autorización del examen.
Inaplicacion de normas legales o reglamentarias que regulan las exclusiones del pos.
La orden de examen fue formulada por medico no adscrito a la entidad y el examen puede ser reemplazado por otro incluido en el pos.
Negada
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. CONFIRMAR la sentencia proferida por el Juzgado
- Tercero. Penal Municipal de Ipiales que denegó la acción de tutela instaurada por el señor Juan Carlos Acosta López, contra Saludcoop EPS.
- Segundo. Por Secretaría General, LÍBRENSE las comunicaciones a que se refiere el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.