Micelio
Sentencia de Tutela17 de enero de 2008

T-010 de 2008

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

✓Demandante Alberto Cock Echavez Y Otro·Demandado Secretaria De Educacion De Bolivar

✓
Tema · dato duro
01

Temas y subtemas del fallo

✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Línea jurisprudencial respecto a la procedencia para solicitar motivación del acto de desvinculación del cargo
  • Improcedencia para el reintegro y la indemnización de perjuicios causados por la no motivación del acto de desvinculación del cargo salvo perjuicio irremediable
  • Improcedencia por cuanto no se vulneraron los derechos de igualdad y petición
Acto Administrativo
  • Línea jurisprudencial sobre la motivación de la desvinculación de funcionario que ejerce en provisionalidad cargo de carrera administrativa
  • Motivación
  • Motivación de la desvinculación de funcionario que ejerce en provisionalidad cargo de carrera administrativa cuando son consecuencia de procesos de reestructuración
2 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derechos de peticion, al trabajo, a la igualdad y al debido proceso de empleados de carrera administrativa en provisionalidad que fueron desvinculados de sus cargos mediante acto administrativo sin motivacion.<br>solicitan sea ordenada su reincorporacion a la planta de personal de la entidad y la cancelacion de los salarios dejados de percibir desde su desvinculacion.<br>la motivacion de los actos administrativos de desvinculacion de funcionarios publicos vinculados en provisionalidad en cargos de carrera administrativa, aun en los casos en que la desvinculacion obedezca a un proceso de reestructuracion.

Jurisprudencia constitucional relativa a la procedencia de la accion de tutela interpuesta en el caso de despido sin motivacion de funcionarios nombrados en provisionalidad en cargos de carrera.

Reiteracion de jurisprudencia.<br>para esta sala, los derechos fundamentales invocados no han sido vulnerados por parte de la entidad, toda vez que frente a las pretensiones dirigidas a obtener el reintegro y la indemnizacion de perjuicios, el mecanismo de amparo constitucional resulta improcedente; En relacion con el derecho de peticion, este fue satisfecho y, en lo que respecta al derecho de igualdad, este no fue transgredido.<br>negada

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR la Sentencia proferida el 9 de mayo de 2007 por el Juzgado
  2. Primero. Promiscuo del Circuito de Mompox, Bolivar.
  3. SEGUNDO. DENEGAR la tutela solicitada por los senores Alberto Cock Echavez y Nobel Gustavo Cortes Indabur.
  4. TERCERO. Por Secretaria General librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.