Sentencia de Unificación12 de diciembre de 2000Sala Plena
SU- de 2000
Ponente Jairo Charry Rivas
✓Demandante Giovanny Rondon Fernandez Y Otro Vs. Corte Suprema De Justicia Y Otro
✓
Tema · dato duro
Debido Proceso. Solicitud Nulidad Sentencia Y Revocatoria De La Medida. Via De Hecho. Principio No Reformatio In Pejus. Aumento De La Pena. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Principio No Reformatio In Pejus
- Competencia restringida del juez de segunda instancia
- Alcance
- Inoperancia en grado de consulta
Via De Hecho En Proceso Penal
- No aplicación de norma vigente más favorable al momento de comisión del delito
Via De Hecho
- Inexistencia
- Clases de defectos en la actuación
Principio De Favorabilidad Penal
- Vulneración
Principio De Legalidad Penal
- Alcance
7 temas · 8 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. CONFIRMAR el fallo de 8 de junio de 2000, proferido por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Segunda, subsección B, del Consejo de Estado, en virtud de la cual se concedió la tutela impetrada por el demandante Giovanny Rondón Fernández.
- SEGUNDO. REVOCAR el fallo proferido por el Juzgado 24 Penal del Circuito de Bogotá, que negó el amparo solicitado por el ciudadano Alejandro Leyton González, y en su lugar tutelar el derecho al debido proceso, al infringir la prohibición de la reformatio in pejus. En tal virtud se declara que es nula la sentencia de segunda instancia proferida por el extinto Tribunal Nacional de fecha 28 de mayo de 1999 por la cual se acrecentó la condena que le fue impuesta en primera instancia por un juzgado regional de Bogotá.
- TERCERO. ORDENAR al Tribunal que asumió los asuntos que eran de conocimiento del extinto Tribunal Nacional que, al resolver el recurso interpuesto por Alejandro Leyton González, como apelante único, límite su decisión a la inconformidad planteada por su defensor al sustentar dicha impugnación.
- CUARTO. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 de Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Votos disidentes — texto disponible2
SalvamentoAlvaro Tafur GalvisSalvamentoCristina Pardo SchlesingerTexto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a10
T-814/99Consulta Popular Previa A Construccion Del Metro De Cali. Tutela Contra Sentencias. Accion Cumplimiento. Ver C- <a Href=../1998/C-157-98.Rtf> C-157/98</A>. Exequible Inc 2 Art 2 Ley 393/97 Invalida Decisiones Tribunal Y Consejo De Estado. Concedida.T-502/99Der. Al Pago Oportuno Del Salario. Derecho Al Minino Vital. Conductor De Alcaldia De Manaure Guajira. Concedida.SU.962/99Via De Hecho En Materia De Interpretacion Judicial. Obligatoriedad De Consulta De Las Sentencias Parcial O Total Adversas A Colpuertos Y Foncolpuertos. Debido Proceso. Recurso De Apelacion. Concedida Parc. Negada Parc.SU.646/99Debido Proceso. Principio No Reformatio In Pejus. Agravacion De La Pena. Medio De Defensa Judicial. Negada.T-567/98Debido Proceso. Vias De Hecho Por Violacion Del Principio De Favorabilidad Penal. Falta De Defensa Tecnica. Santa Rosa De Viterbo. Concedida.T-155/95Debido Proceso. Ppio De La No Reformatio In Pejus. Ppio De Legalidad De Los Delitos Y Las Penas. Negada.
Ver las 10 →Citada por114
T-220/23Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales En Medio De Control De Reparación Directa (Privación Injusta De La Libertad)-Concede Amparo. Desconocimiento Del Precedente Horizontal, Violación Directa De La Constitución Y Configuración Del Defecto Fáctico.SU.062/23Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales En Proceso Laboral Para Reconocimiento Pensional- Configuración De Los Defectos Fáctico Y Sustantivo Por Desconocimiento Del Precedente Judicial Sobre El Incumplimiento Del Deber De Afiliación Al Sistema Pensional.T-389/19Violacion Del Debido Proceso Por Desconocimiento Del Principio De La Doble Conformidad.SU.397/19Derecho A Impugnar La Primera Sentencia En Materia Penal Bajo La Aplicación De La Ley 600 De 2000. Doble Conformidad.SU.373/19Derecho A Impugnar Sentencia Condenatoria Dictada En Unica Instancia Por La Sala De Casacion Penal De La Corte Suprema De Justicia. Acto Legislativo 01/18T-409/18Accion De Tutela Contra Providencias Judiciales. Procedencia Por Defectos Sustantivo Y Desconocimiento Del Precedente Para Reconocimiento De Pension De Sobrevivientes A Conyuge Superstite.
Ver las 114 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.