Sentencia de Tutela29 de julio de 1992
T-474 de 1992
Ponente Eduardo Cifuentes Muñoz
✓Demandante Moises Tuaty
✓
Tema · dato duro
Tutela Contra Sentencias. Debido Proceso. Prevalencia Del Derecho Sustancial. Tentativa De Estafa. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Accion De Revision
- Improcedencia
Accion De Tutela Contra Sentencias
- Improcedencia
Resolucion De Acusacion
- Circunstancias agravantes
6 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- R E S U E L V E
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia del 30 de enero de 1992, proferida por la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, mediante la cual se denegó la tutela solicitada por el señor MOISES TUATY ALEXANDER.
- SEGUNDO. CONCEDER la tutela solicitada por el señor MOISES TUATY ALEXANDER y, con el objeto de dar protección inmediata a sus derechos fundamentales de defensa y al debido proceso, REVOCAR parcialmente la sentencia de la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, proferida el nueve (9) de octubre de 1991, por ser violatoria de los artículos 29 y 31 de la Constitución, en lo relativo a la agravación de la pena de privación de la libertad impuesta por el Juzgado de primera instancia. En consecuencia, la mencionada condena queda reducida hasta la máxima privación de la libertad ordenada por el Juez
- Cuarto. Penal del Circuito de Santafé de Bogotá, es decir, dieciocho (18) meses de prisión.
- TERCERO. LIBRESE comunicación a la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, con miras a que se surta la notificación de esta providencia, según lo establecido en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, y remítase copia de la providencia al Juzgado
- Cuarto. Penal del Circuito de Santafé de Bogotá a fin de que obre en el proceso penal respectivo.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoJosé Gregorio Hernández GalindoTexto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por90
SU.068/22Accion De Tutela Contra Providencias Judiciales. Procedencia Por Defectos Factico, Sustantivo, Por Desconocimiento Del Precedente Y Por Violacion Directa De La Constitucion Para Reconocimiento De Pension De VejezSU.209/21Prohibicion De Doble MilitanciaSU.011/20Accion De Tutela Contra Providencias Judiciales-Improcedencia Por Inexistencia De Defectos Sustantivo Y Desconocimiento Del Precedente En Materia TributariaSU.115/19Derecho De Participacion Y Acceso Al Ejercicio De Cargos Y Funciones Publicas De Exrector De Universidad Pedagogica Y Tecnologica.T-496/18Bienes Baldios. Marco Legal Y Jurisprudencial.T-409/18Accion De Tutela Contra Providencias Judiciales. Procedencia Por Defectos Sustantivo Y Desconocimiento Del Precedente Para Reconocimiento De Pension De Sobrevivientes A Conyuge Superstite.
Ver las 90 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.